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Novedades de Personal Laboral
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29 Ago 2008
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MOVIMIENTOS DEL PERSONAL LABORAL DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS EN SEPTIEMBRE NOTA DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE II. PP.:

El próximo día 20 de septiembre finaliza el plazo de tres meses de retención del personal laboral que ha obtenido destino en el concurso convocado por ORDEN INT/3724/2007, de 11 de diciembre, y resuelto por ORDEN INT/1754/2008, de 6 de junio (BOE del 20 del mismo mes); a partir del día 2 de septiembre, se podrá empezar a cesar el personal indicado teniendo en cuenta la planificación de vacaciones efectuada y las necesidades del servicio en el Establecimiento. Al respecto, debe tenerse en cuenta lo siguiente con respecto a los puestos de trabajo adjudicados en el concurso y que hasta ahora han estado ocupados por personal interino: ...[sigue]
31 Jul 2008
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CONSOLIDACION EN IIPP Estimados compañeros y compañeras:

Se indica el enlace donde podeis obtener toda la informacion al respecto. ...[sigue]
02 Jul 2008
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INTERINOS CONTRATADOS CON POSTERIORIDAD A 31 DE DICIEMBRE 2004 Estimados compañeros y compañeras afectad@s:

Desde la Secretaria Nacional de Personal Laboral del Sector Nacional de IIPP de CSI-CSIF, con el objetivo de aclarar dudas y evitar informaciones erróneas que desde otras organizaciones os están dando;

EXPONEMOS:

Que las plazas ocupadas por interinos de los años citados, han sido convocadas a concurso de traslados y como ya sabéis pasarán a ser ocupadas por el personal fijo, en el mes de septiembre aproximadamente.

Que en algunos centros penitenciarios, se esta emitiendo información errónea por parte de alguna organización sindical.

Que desde CSI-CSIF entendemos la situación de inquietud y angustia del personal afectado ante el hecho de tener que abandonar sus respectivos puestos de trabajo ante la resolución del Concurso de Traslados, pero creemos que estos trabajadores merecen ser conocedores de la verdad y no generar falsas expectativas, haciéndoles creer que se quedarán en sus actuales puestos de trabajo.

Por ultimo se informa, que se convocará oferta de empleo antes de finalizar este año y que el personal interino tendrá la opción de presentarse a dicha convocatoria, en la cual una vez superada la fase de oposición se les puntuará los meritos profesionales.

Esperamos que esta información sea de utilidad y podáis organizaros con antelación para presentaros a la Oferta de Empleo.

Estamos a vuestra disposición en los teléfonos: 91 598 72 72
01 Jul 2008
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LISTADO DEFINITIVO TECNICO SUPERIOR DE ACT. TECNICAS Y PROFESIONALES. OFERTA DE EMPLEO (Jefe de Mantenimiento, Electricista 1ª, Fontanero 1ª).

Los listados se pueden consultar en :

www.mde.es

Procesos selectivos/ personal laboral/oferta de empleo.


26 Jun 2008
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SUBCOMISION DELEGADA JUNIO 1. INFORMACIÓN SOBRE ASUNTOS PENDIENTES:

RPT PROPIA EN LOS C.I.S DE NUEVA CREACION.
La Administración informa sobre la dotación que tendrán los C.I.S de Mallorca y Sevilla. La dotación de efectivos de personal laboral será:
1 Trabajador social.
1 Teji. (con jornada partida).
1 Electricista de 2ª.
1 Fontanero 2ª.
1 Ordenanza.

En estos CIS, existirá una Unidad de Madres. El complemento D7 del CIS de Mallorca será igual que el de Ibiza y el D7 de Sevilla será igual que el de Alcalá de Guadaira.
Se abre un plazo de 10 días para presentar alegaciones. CSI-CSIF insta a los trabajadores a que nos transmitan sus propuestas con respecto a esta RPT.

CAMBIO DE CATEGORIA Y AMPLIACION DE LA RPT DEL C.P ARRECIFE
El citado centro penitenciario pasa a tener Categoría 2.2.I y amplia su RPT. (Se adjunta cuadro).

RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO (RPT) La Administración nos facilitara la RPT de los centros, con datos a 30 de abril. La misma se encuentra a disposición de los trabajadores en los Centros.

CONCURSOS TRASLADOS:
La Administración recuerda que con carácter general se procederá a retener al personal hasta septiembre. No obstante establece unos criterios para solventar casos muy concretos, en los que el trabajador pida el cese sin retención. Estos criterios son:
* Por razones justificadas.
*Que no afecte especialmente al servicio.
*Que no implique el despido del interino que se encuentra ocupando la plaza de destino. (agrava la situación, al mermar efectivos)
Estos traslados excepcionales se materializarán en julio.

C.P MADRID V:
Técnico Superior de Actividades Específicas (Teji) ganó por sentencia la plaza en Soto del Real, pero dicha plaza no le asignaron el complemento de jornada partida que correspondía.
La Administración admite que la trabajadora tiene razón y le asignarán los atrasos que le correspondan. Por otro lado, modificará la RPT para que en el puesto figure con los complementos correspondientes.

C.P MADRID IV:
Se ofertará en comisión de servicios, una plaza de Titulado Medio de Actividades específicas (Trabajador Social). Se remitirá a todos los centros para promover su cobertura.
C.P OCAÑA II:
El Departamento de Trabajo Social solicita aclaración sobre si les corresponde realizar las tareas administrativas que generan la realización de pruebas de alcoholemia ante la salida de internos de permiso. Anteriormente dichas tareas eran efectuadas por un funcionario de la oficina de Tratamiento, el cual se ponía en contacto con la Policía para transmitirle que el interno debía ser sometido a la prueba de control de alcoholemia, una vez efectuado dicho control la Policía informaba sobre el resultado. A raíz de la Unificación de Oficinas, los trabajadores de la misma se han negado a realizarlas imponiéndoselas al Departamento de Trabajo social.

La Administración tras conversación con la Dirección del centro, acuerdan que se revise el procedimiento de actuaciones y que se diferencie lo que corresponde al Departamento de trabajo social de las tareas meramente administrativas.

C.P ALMERIA: Jefe de Mantenimiento que manifiesta no tener los medios necesarios para la ejecución de su trabajo y solicita la restitución de funciones propias de jefe de mantenimiento.
La Administración habló con la Administradora del centro aclarando que este profesional tiene competencias en materia técnica, (distribución del trabajo, etc.… propias de su categoría profesional, pero no tiene competencia en materia personal (no puede decidir sobre permisos de los trabajadores a su cargo.)

REMANENTE DE PRODUCTIVIDAD: Concluye el mes de junio y los remanentes de productividad generados correspondientes a estos seis meses y los flecos del año pasado, se abonarán en la nomina de agosto.

2. ESCRITOS PRESENTADOS POR LOS TRABAJADORES.

C.P. ALBOLOTE:
El Comité de Empresa de este C.P. solicita que la revisión que se hizo en este centro sobre el criterio aplicado para el descuento de los atrasos por productividad, en el año 2007, por un día no trabajado en un mes se dejaba de percibir la productividad correspondiente a dicha mensualidad, se haga extensible a todos los trabajadores afectados.

La Administración contesta que se emita una relación de los posibles afectados a efectos de subsanar el error.

C.P. MADRID VI:
El colectivo de Oficiales de Actividades Específicas, solicitan aclaración al escrito presentado el 24 de Mayo de 2007, en el que expresan que para realizar el abastecimiento de medicación para la farmacia, son obligadas a acudir al Departamento de Comunicación con el fin de vigilar y supervisar a los internos que trasladan los medicamentos provisto de un carro, hasta el Departamento de enfermería. Para el traslado de medicación se debe contar con internos clasificados en tercer y segundo grado, el primero traslada el pedido hasta la valla del edificio de Jefatura de servicios y el interno de segundo grado, ordenanza de enfermería, recoge dicho pedido para conducirlo a enfermería. El colectivo solicita que se especifique a quien corresponde el cometido de vigilancia de los internos, al personal sanitario o personal del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones penitenciarias.
La Administración informa que el citado colectivo no tiene asignadas tareas de vigilancia de internos pero que deben velar por la adecuada manipulación de la medicación (es decir, que los medicamentos no vengan abiertos, se pierdan, etc.…)

HOSPITAL PSIQUIATRICO PENITENCIARIO DE SEVILLA:
Oficial de Actividades Específicas con turnicidad B (realizando un fin de semana de cada 3) expone que, por baja laboral por enfermedad de una compañera, se ve en la obligación de modificar su turnicidad, realizando un fin de semana de cada 2); por lo que solicita aclaración por parte de esta Subcomisión, por la compensación que una Necesidad de Servicio establece.
La Administración tras consultar al centro informa se le compensará los días, cuando retorne a su turnicidad inicial
La misma trabajadora expone también, que al disfrutar un permiso por enfermedad grave de familiar de 1º grado, le han computado el sábado como día hábil y solicita aclaración al respecto.
La Administración aclara que para turnos especiales y vacaciones, el sábado no considera día hábil. En este caso la trabajadora esta inmersa en un turno considerado como especial, por tanto, no le debe computar el sábado como día hábil a efectos de permiso.

C.P. BONXE:
Trabajadora con categoría profesional de Ayudante de Gestión y Servicios Comunes (ordenanza), solicita aclaración, por la asignación de una nueva función consistente en introducir datos en un programa de ordenador facilitado por Correos, dichos datos corresponden al correo oficial del Centro.
CSI-CSIF entiende, que en su día, para acceder a su puesto de trabajo no se le exigió tener conocimientos de informática.
La Administración contesta que el uso del ordenador, actualmente es un medio básico y elemental y hablarán con el centro para que le asignen formación adecuada para el desempeño de su puesto de trabajo. Asimismo, en el concurso de traslado, se han valorado la realización de cursos de informática para esta categoría, asignando la puntuación correspondiente.

C.P SEVILLA HOSPITAL PSIQUIATRICO:
Ayudante de Actividades Especificas (celador) expone que en su centro existe una vacante de trabajo social y no entiende como no la ofertan al personal de centro antes que al personal de la calle, como medio para promocionar. Concretamente él esta interesado en la misma, al poseer la titulacion exigida para el puesto.
La Administración informa que el sistema de promoción viene regulado en el II Convenio Único.

C.P PICASSENT:
El Coordinador de Trabajo social manifiesta que el acceso existente actualmente a Internet, es insuficiente, para el buen funcionamiento del Departamento. El uso de este medio agiliza los plazos de solicitud de las prestaciones, etc.…).
La Administración remitirá el escrito al Departamento de Servicios para que estudie la propuesta.

C.P PICASSENT:
Solicitud de personal de diferentes categorías profesionales ante la escasez de personal agravada más aun por el periodo estival.
La Administración contesta que actualmente hay contratadas 2 trabajadoras sociales y autorizada la contratación de: 3 trabajadores sociales 1 fontanero, 2 cocineros, 2 auxiliares de enfermería y 1 ordenanza. (En total 11 efectivos).

C.P TOPAS:

Colectivo de oficiales de actividades especificas (auxiliares de enfermería) solicitan la cobertura de plazas de esta categoría en situación de incapacidad temporal y la modificación del sistema de contratación por considerarlo ineficaz y que demora las necesidades de sustitución del personal. En el momento actual hay 6 personas de este colectivo cuando deberían ser 10.
La Administración manifiesta no entender la queja, pues actualmente hay 2 contratadas Nos informan también que, para este centro hay autorizadas las siguientes contrataciones: 1 trabajador social, 2 cocineros y 1 ordenanza.

RUEGOS Y PREGUNTAS:

CSI-CSIF expresa su queja por la orden emitida por la Dirección del C.P VALDEMORO: al Departamento de Trabajo social, el cual, mediante escrito, es obligado a notificar a la victima, en los supuestos de permisos de libertad del agresor. La orden recoge que las excarcelaciones que vengan de lunes a viernes serán notificadas a la victima desde el Departamento de Trabajo Social y cuando se produzcan en fines de semana y festivos, por la oficina de Gestión.
CSI-CSIF manifiesta que este proceder no es adecuado, que debe elaborarse un Protocolo de actuación de aplicación homogénea en todos los centros. El colectivo de trabajo social trabaja con el agresor y no con la victima, cuyos datos personales, domicilio, etc. figuran en el expediente del Tribunal que lo condenó, por tanto desde la Oficina de Gestión, deberían enviar información sobre las salidas del agresor, para que el juzgado se ponga en contacto con la victima.
La Administración elevará la queja a Medio Abierto.

CSI-CSIF solicita a la Administración, que para el mes de septiembre se faciliten los datos sobre plazas objeto de promoción.


17 Jun 2008
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CRITERIOS DEL GRUPO DE TRABAJO DEPENDIENTE DE LA CIVEA SOBRE PROCESOS DE PROMOCIÓN INTERNA Documento completo imagenpdf
02 Jun 2008
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CONFLICTO COLECTIVO INTERPUESTO POR CSI-CSIF RESPECTO A LOS 14000¤ DESPUÉS DEL ACUERDO DE COMISION NEGOCIADORA, ALCANZADO CON LA FIRMA DE CC.OO., UGT Y LA ADMINISTRACIÓN, POR EL QUE SE ALCANZAN LOS 14000 ¤ ANUALES PARA EL GRUPO PROFESIONAL 5 SIN EL MANTENIMIENTO DE UN EQUILIBRIO RAZONABLE EN LAS POSICIONES RETRIBUTIVAS DEL RESTO DE LOS GRUPOS DEL C.U.:

CSI-CSIF ha interpuesto Conflicto Colectivo contra el Ministerio de Administraciones Públicas, Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores como firmantes de dicho acuerdo por considerar que este SUPONE UN INCUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL APARTADO SEGUNDO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 5ª DEL II CONVENIO ÚNICO.

CSI-CSIF NO OLVIDA A LOS TRABAJADORES DEL RESTO DE GRUPOS DEL CONVENIO Y DEFIENDE SUS LEGÍTIMAS PRETENSIONES DE RECIBIR LAS MISMAS MEJORAS RETRIBUTIVAS QUE EL GRUPO 5.

30 May 2008
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NOTA INFORMATIVA SOBRE CONSOLIDACION AGE Ayer día 28 de mayo tuvo lugar la reunión del grupo de trabajo de consolidación en el que se trataron los siguientes temas:

- El número total de plazas a consolidar es de 1.396. La distribución de estas plazas por categorías y ministerios se envía como anexo a esta nota informativa con la advertencia de que dicha relación es un primer borrador sin depurar todavía por la Administración y por tanto susceptible de sufrir algunas variaciones.

- Tras las oportunas comprobaciones y correcciones por parte de la Administración, nos entregarán unos listados mucho más detallados por ministerios en los que figurarán los siguientes datos de cada puesto a consolidar: Nºorden/ Especialidad-activ.principal/ Organismo/Destino/Código/Provincia/Localidad/Jornada. En el momento en que dispongamos de estas relaciones detalladas, os las haremos llegar.

- En el proceso de consolidación NO SE REALIZARÁ NINGUNA RESERVA PARA DISCAPACITADOS. Toda la reserva para discapacitados (el 5%) se realizará en la promoción interna, por el siguiente motivo:
Si se reservan en promoción interna, las que no se cubran se acumulan al turno normal de promoción interna y si aquí tampoco se cubre, se acumulan al turno libre. En cambio, si se reservan en consolidación y no se cubren SE PIERDEN.

- Las personas que ocupan puestos reservados para funcionarios susceptibles de consolidación, consolidarán como funcionarios para lo que previamente tienen que ser nombrados funcionarios interinos produciéndose de este modo una novación en su contrato.

- Se aprobaron los epígrafes de los temas comunes para las plazas que consolidarán como personal laboral. Estos epígrafes fueron los que se os remitieron anteriormente.

- Quedan pendiente para la próxima reunión todos los aspectos de la fase de concurso.

30 May 2008
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CONFLICTO COLECTIVO SOBRE LOS 14000 DESPUÉS DEL ACUERDO DE COMISION NEGOCIADORA, ALCANZADO CON LA FIRMA DE CC.OO., UGT Y LA ADMINISTRACIÓN, POR EL QUE SE ALCANZAN LOS 14000 ¤ ANUALES PARA EL GRUPO PROFESIONAL 5 SIN EL MANTENIMIENTO DE UN EQUILIBRIO RAZONABLE EN LAS POSICIONES RETRIBUTIVAS DEL RESTO DE LOS GRUPOS DEL C.U.:

CSI-CSIF ha interpuesto Conflicto Colectivo contra el Ministerio de Administraciones Públicas, Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores como firmantes de dicho acuerdo por considerar que este SUPONE UN INCUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL APARTADO SEGUNDO DE LA DISPOSICIÓN ADICIONAL 5ª DEL II CONVENIO ÚNICO.

CSI-CSIF NO OLVIDA A LOS TRABAJADORES DEL RESTO DE GRUPOS DEL CONVENIO Y DEFIENDE SUS LEGÍTIMAS PRETENSIONES DE RECIBIR LAS MISMAS MEJORAS RETRIBUTIVAS QUE EL GRUPO 5.


¡ COMPAÑEROS/AS SEGUIMOS EN LA LUCHA!

30 May 2008
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PROMOCION INTERNA AGE En el día de hoy, tuvo lugar la reunión del grupo de trabajo de Promoción Interna en la que se llegó a las siguientes conclusiones:

Los procesos se convocarán conjuntamente con los de turno libre.
Se convocarán al menos, 2000 plazas en promoción interna y el resto hasta las 2294 a turno libre,
Las convocatorias se realizarán por categorías profesionales, encomendando la gestión de las pruebas, con carácter preferente, al Departamento que convoque más plazas de la categoría.

Se reservarán al menos el 5% para personas discapacitadas. Las plazas no cubiertas por el turno de acceso para personas con discapacidad se acumularán a las del turno general de promoción interna y las plazas no cubiertas por el turno de promoción interna se acumularán a las del turno libre.

Se recuerda que en los procesos de convocatoria de promoción interna, todos están obligados a examinarse GRACIAS a que CCOO y UGT se negaron a admitir que se valorara el desempeño de tareas similares a las del puesto al que se opta a los efectos de eximir a los trabajadores de la fase de oposición, A raíz de esta negativa, la Administración retira su propuesta inicial de eximir de la fase de oposición a los que cumplieran tal condición. LA NUEVA PROPUESTA DE LA ADMINISTRACIÓN SUPONE QUE TODOS LOS TRABAJADORES TENGAN QUE EXAMINARSE. CSI-CSIF manifiesta que esta postura perjudica los intereses de los trabajadores, y no entiende como CCOO y UGT, rechazan una propuesta más favorable para los trabajadores que deseen optar a la promoción interna.
21 May 2008
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NOTA INFORMATIVA SUBCOMISIÓN DELEGADA MAYO 2008 ASUNTOS DE INTERES: Contestación a los escritos pendientes. Escritos presentados por los trabajadores. Información sobre el Concurso de Traslados.
...[sigue]
13 May 2008
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PROCESO SELECTIVO TITULADO MEDIO DE ACITIVIDADES ESPECIFICAS Publicación de la convocatoria BOE 25/12/07

RELACION DE ASPIRANTES QUE HAN SUPERADO EL PRIMER EJERCICIO.

Para más información consultar la Pág. Web: www.map.es

13 May 2008
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CONCURSOS TRASLADOS INDUSTRIA / MEDIO AMBIENTE BOE 8 MAYO: MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE.Consultar pag web: www.mma.es
BOE 13 MAYO: MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO.Consultar pag web: www.mityc.es                www.map.es
13 May 2008
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PROCESO SELECTIVO AYUDANTE ACTIVIDADES ESPECIFICAS En el día de ayer, se realizó la valoración de los meritos del citado proceso. A partir de hoy, se abre un plazo de 10 días para presentar alegaciones. Los listados definitivos se publicaran aproximadamente sobre el 4 de junio.

Para mas información consultar la Pág. Web: www.mir.es
12 May 2008
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ACUERDOS QUE MODIFICAN EL II CONVENIO UNICO En la CIVEA del pasado día 7/5/08 se tomaron algunos acuerdos que modifican el Convenio Único. Son los siguientes:

- ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE UN DERECHO DE OPCIÓN DE LOS TRABAJADORES RESPECTO DE LA MODIFICACIÓN DEL ART. 63

1. Los trabajadores que hubieran formalizado contratos a tiempo parcial al 50% de la jornada, de acuerdo con la redacción anterior del art. 63, podrán solicitar en el plazo de 2 meses desde la firma de este acuerdo la ampliación de su contrato hasta un 100% de la jornada con el incremento correspondiente de sus retribuciones.
2. Los trabajadores que entre el 15/10/06 y la modificación del art. 63, hubieran tenido derecho a la opción de dicho artículo y no lo hubieran ejercido, podrán hacerlo ahora en los términos establecidos en el acuerdo de 17 de enero de 2008, en el plazo de dos meses desde la firma de este acuerdo.

- ACUERDO POR EL QUE SE ESTABLECE UN NUEVO PERIODO MÍNIMO DE PERMANENCIA EN SITUACIÓN DE EXCEDENCIA VOLUNTARIA POR INTERES PARTICULAR.

1. La Ley de igualdad establece que el periodo mínimo de permanencia en esta situación es de cuatro meses, por lo que hay que modificar el Estatuto de los Trabajadores y el art. 54 del II C.U. Por tanto, el art. 54 del II C.U. establece tras la firma de este acuerdo que el periodo mínimo de permanencia en situación de excedencia voluntaria por interés particular es de cuatro meses.

2. El acogimiento de menores permanente o preadoptivo al que se refiere el art. 54.b.2, deberá entenderse que comprende tanto el definitivo como el provisional.

3. Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.

- ACUERDO POR EL QUE SE AÑADE UN NUEVO PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE LAS ESPECIALIDADES NO REGLADAS EN EL II C.U.
Al abordar la negociación de la promoción interna se nos ha planteado un problema importante. Para convocar las plazas de promoción, hay que convocar al menos una al turno libre (para que en caso de no cubrirse se puedan acumular) y con la redacción del II C.U. no había posibilidad de adquirir las especialidades no regladas por la superación de pruebas selectivas por el turno libre. Por ello se modifica el Convenio en el siguiente sentido:
Las especialidades no regladas recogidas en el anexo IV del II C.U. se podrán adquirir mediante la superación de las pruebas selectivas por el sistema general de acceso libre para el ingreso en la categoría y especialidad de que se trate, en el momento de la contratación correspondiente.

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