El pasado tres de septiembre tuvo lugar la firma de dos Acuerdos entre el Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia y Administración Pública, Alfredo Prada, y representantes de los Sindicatos CC.OO., UGT y CSIT-UP; no habiéndose convocado a CSI-CSIF, ni a las negociaciones previas, ni a la firma de los citados Acuerdos, pese a estar legitimada para ello, en su condición de Sindicato más representativo en el conjunto de las Administraciones Públicas y de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Esta actuación del Gobierno de la Comunidad de Madrid y de los Sindicatos mencionados atenta claramente contra el Derecho Fundamental de Libertad Sindical de CSI-CSIF; y se realiza con el único objetivo de impedir la legítima participación de CSI-CSIF en el proceso negociador llevado a cabo y en el que se desprende de los citados Acuerdos.
Los Acuerdos, además de modificar sustancialmente la estructura de la negociación colectiva de la Comunidad de Madrid, tienen por objeto iniciar un proceso de modernización y mejora de la Función Pública a través de una serie de acuerdos que probablemente sean el referente de la futura Ley de Función Pública de Madrid en desarrollo del EBEP, ya para cuya negociación está legitimada CSI-CSIF en la Comunidad de Madrid.
Por este motivo, CSI-CSIF ha interpuesto, el 28 de septiembre, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la correspondiente Demanda de Tutela por Vulneración de la Libertad Sindical y hemos solicitado de la Sala un pronunciamiento por el:
a) Que se reconozca la vulneración del derecho a la libertad sindical de CSI-CSIF, perpetrada de común acuerdo por la Comunidad de Madrid, CCOO, UGT y CSIT-UP, contra CSI-CSIF.
b) Que se declare la nulidad del proceso de negociación llevado a cabo, así como de cuantos actos, reuniones y acuerdos hayan tenido lugar.
c) Que se constituya la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 36.3 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público.
d) Que cese de manera inmediata el comportamiento antisindical contra CSI-CSIF y se repare el daño causado a nuestro Sindicato.