I. PERMISOS ORDINARIOS RETRIBUIDOS 100 %
TIPO |
DURACIÓN |
JUSTIFICACIÓN - OBSERVACIONES - NORMATIVA |
Por paternidad, por nacimiento, acogimiento o adopción de hijos |
15 días naturales
a partir de fecha nacimiento, decisión administrativa o judicial |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: Justificante médico, Libro de familia o resolución judicial o administrativa.
Observaciones: Es un derecho ejercido exclusivamente por el padre.
Normativa: Ley 30/1984 |
Por enfermedad grave, accidente, hospitalización o fallecimiento de familiar hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad |
3 dias hábiles si sucede dentro de la C.M
5 días hábiles si sucede fuera de la C.M |
Justificación: Comunicación inmediata a Dirección centro.
Documentos: Certificado médico, de ingreso hospitalario o defunción. Al reincorporarse.
Normativa: Acuerdo Sectorial 26 oct 2006 |
Por deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes derivados de la conciliación de la vida familiar y laboral |
Tiempo indispensable |
Justificación: Solicitud a la Dirección centro.
Documentos: Justificante de asistencia al acto.
Observaciones: Deber inexcusable (obligación cuyo incumplimiento genera una responsabilidad civil, penal o administrativa).
Normativa: Ley 30/1984 |
Por exámenes y pruebas de aptitud |
Tiempo indispensable en el día de la celebración |
Justificación: Solicitud a la Dirección centro.
Documentos: Justificante del examen por Institución que lo realiza. Al reincorporarse.
Observaciones: Para exámenes finales, parciales liberatorios de materia y pruebas definitivas de aptitud en centros oficiales. Oposiciones.
Normativa: Ley 30/1984 |
Por exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto |
Tiempo necesario para su realización |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT con copia a Dirección centro.
Documentos: Justificante de citaciones.
Observaciones: Es necesario justificar la necesidad de realización en jornada de trabajo.
Normativa: Ley 30/1984 |
Por traslado de domicilio habitual |
2 dias naturales |
Justificación: Solicitud a la Dirección centro.
Documentos: Certificado de empadronamiento u otro. Al reincorporarse.
Normativa: Acuerdo Sectorial 26 oct 2006 |
Por matrimonio o formalización de pareja de hecho |
15 días naturales |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: Libro de Familia o Certificado de Registro de pareja de hecho a posteriori.
Observaciones: Los días han de ser ininterrumpidos, anteriores o posteriores, en todo o en parte a la fecha del enlace, incluida este último.
Normativa: Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964. Acuerdo Sectorial 26 oct 2006 |
De maternidad por parto |
122 días ininterrumpidos a partir de fecha de solicitud
En caso de parto múltiple: 10 días adicionales por cada hijo a partir del 2º |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: Parte o Informe de Maternidad.
Observaciones: del permiso de 122 días 6 semanas serán obligatorias después del parto. Respecto al resto de los días la madre puede optar por: disfrutarlos antes del parto, ceder su disfrute al padre de manera simultánea o sucesiva con ella o disfrutarlos ambos a tiempo parcial.
Normativa: Ley 7/2007 Acuerdo Sectorial 26 oct 2006 mejora el número de días. |
De maternidad por adopción o acogimiento
no inferior a 1 año |
16 semanas ininterrumpidas
(112 días) a partir de fecha de resolución
2 semanas adicionales en caso de acogimiento / adopción múltiple por cada hijo a partir del 2º / o hijo discapacitado
(Idem que anterior pero con especificidades ) |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: Resolución administrativa o judicial.
Observaciones: Si padre o madre trabajan, distribución opcional de una parte ininterrumpida del permiso entre ambos de forma simultánea o sucesiva, e incluso a tiempo parcial.
Adopción o acogimiento internacional: En caso de necesidad de desplazamiento previo a país de origen el permiso puede iniciarse hasta 4 semanas antes de la resolución. También posibilidad de permiso de hasta 2 meses cobrando retribuciones básicas. |
| Por Estudios |
Curso escolar o cuatrimestre |
Condiciones: Convocatoria anual de concurso de méritos (Orden publicada en BOCM en 1º Trimestre del año.
Normativa: Acuerdo Sectorial 2006 |
| Por enfermedad de duración hasta 3 días |
De 1 a 3 días naturales
En el caso de consulta médica: Tiempo indispensable justificando su necesidad |
Justificación: Comunicación inmediata a Dirección del Centro.
Documentos: justificante médico al reincorporarse porque puede ser requerido por Jefe de Estudios o la inspección en cualquier momento. Normativa: Cierto vacío normativo: Resolución 14 dic 1992 Instrucciones de inicio de curso. |
Por enfermedad de duración superior a 3 días hasta 18 meses
(Incapacidad temporal)
Incluye también accidentes |
Hasta el alta médica
(hasta 18 meses) |
Justificación: Entrega de parte de baja médica a partir del 4º día de ausencia en la Dirección del centro o en la DAT. En el caso de MUFACE sucesivos partes expedidos cada 15 días (durante los 3 primeros meses) y cada mes (a partir del 4º mes).
Observaciones: Prórrogas mensuales hasta 18º mes ( Tribunal médico examina al incapacitado y declara la jubilación por incapacidad permanente o prorroga la incapacidad temporal hasta los 30 meses en MUFACE en que ya tiene lugar la calificación definitiva).
En la Seguridad Social sucesivos partes expedidos cada 7 días y la I.T dura unicamente hasta 18 meses.
Retribuciones: 100 % del mes de inicio para funcionarios de MUFACE hasta 30 meses (pero desde 4º mes las retribuciones básicas son pagadas por la C.M y el resto corresponde a un subsidio por I.T que presta MUFACE). Los interinos (afiliados al Régimen General de la S.Social ) perciben un subsidio de la UPAM hasta 12 meses prorrogables 6 mas.
Normativa: Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 1964 |
TIPO |
DURACIÓN |
JUSTIFICACIÓN - OBSERVACIONES - NORMATIVA |
| Por lactancia de hijo menor de 12 meses |
- Reducción de 1 hora diaria al inicio o al final de la jornada
- Reducción en 2 fracciones de ½ hora al inicio y ½ hora al final de la jornada |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: Certificado de nacimiento o Libro de familia.
Observaciones: Si madre o padre trabajan: derecho ejercido indistintamente por uno de ellos, a su elección. Adaptación al horario del centro. En caso de parto múltiple la hora de reducción se multiplica por el número de hijos.
Posibilidad de sustitución de la reducción por lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente (todavía sin reglamentar).
Retribuciones: 100 % Normativa: Ley 30/1984 |
| Por hijos prematuros u hospitalizados a continuación del parto |
- Ausencias de hasta 2 horas diarias
- Reducción de 2 horas diarias |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: Certificado médico.
Retribuciones: 100 % en el caso de ausencias de 2 horas diarias y reducción proporcional de haberes en el caso de la reducción de 2 horas diarias.
Normativa: Ley 30/1984 |
Por guarda legal
de hijo menor de 6 años, persona mayor, con discapacidad, familiar de hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por si mismo por accidente o enfermedad, todos sin actividad retribuida. |
Reducción de un tercio o mitad de la jornada de trabajo
Disfrute por trimestres escolares completos. |
Justificación: Solicitud al inicio del trimestre al Director de la DAT.
Documentos: Libro de familia. Observaciones: En el caso de hijo menor de 12 meses es acumulable a la reducción por lactancia
Retribuciones: Disminución proporcional de haberes en 1/3 o ½
Normativa: Ley 30/1984 y desarrollo reglamentario por RD 2670/1998 de 11 dic. |
Por cuidado de familiar de 1º grado por razones de enfermedad muy grave |
Reducción hasta mitad de jornada
Plazo máximo 1 mes |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: Certificado médico.
Observaciones: Si hubiera varios titulares de este derecho: prorrateo entre los mismos.
Retribuciones: 100%
Normativa: Ley 30/1984 |
Por cesación progresiva de actividades
para funcionarios mayores de 60 años o por
precisar procesos de recuperación de enfermedad |
Reducción de un tercio o mitad de la jornada de trabajo
Disfrute por semestres renovables automáticamente hasta jubilación |
Justificación: Solicitud al Director de la DAT.
Documentos: acreditación de la edad o certificado médico. Observaciones: Condicionado a necesidades del servicio. Concesión al inicio del trimestre.
Retribuciones: Reducción de 1/3 jornada ( 80% retribución) y de 1/2 jornada (60% retribución).
Reducción proporcional de cuota de derechos pasivos y de MUFACE y minorización del haber regulador.
Normativa: Ley 30/1984 y desarrollo reglamentario por RD 365/1995 de 10 mar. |