Después de varias reuniones CSI-CSIF y las centrales sindicales con más del 10% derepresentación en la mesa Sectorial de Administración general y en el marco de la Ley 7/2007 de 12 de Abril, Estatuto Básico del Empleado Público, hemos llegado a un acuerdo con la Junta de Extremadura para el desarrollo de la Carrera Profesional Horizontal, que afectará al Personal Funcionario y Personal Laboral Fijo.
La Carrera tendrá un nivel inicial no retribuido y cuatro niveles, 1, 2, 3 y 4, que serán retribuidos.
| INICIAL | NIVEL 1 | NIVEL 2 | NIVEL 3 | NIVEL 4 |
| 0-5 AÑOS | 5 AÑOS | 12 AÑOS | 19 AÑOS | 26 AÑOS |
| | NIVEL 1 | NIVEL 2 | NIVEL 3 | NIVEL 4 |
| GRUPO A/I | 1.554 | 3.107 | 4.661 | 6.214 |
| GRUPO B/II | 1.335 | 2.670 | 4.005 | 5.340 |
| GRUPO C/III | 976 | 1.951 | 2.927 | 3.902 |
| GRUPO D/IV | 873 | 1.746 | 2.619 | 3.491 |
| GRUPO E/V | 770 | 1.540 | 2.311 | 3.081 |
En el Nivel Inicial, se encontraran todos los Empleados Públicos que así lo soliciten. Este Nivel no estará retribuido.
Nivel Uno.- Se podrá solicitar hasta el 15 de Noviembre de 2008.
Excepcionalmente y por una sola vez, en esta ocasión solo se tendrá en cuenta el tiempo de ejercicio profesional para el acceso a este nivel.
En el primer trimestre del ejercicio 2009. Se abonará la cuantía establecida para este nivel.
El procedimiento para el reconocimiento de este nivel consistirá en la solicitud por parte del interesado, a la que se adjuntaran los documentos que acrediten el cumplimiento del requisito mínimo de ejercicio profesional.
Resto de Niveles.- A partir del uno de Octubre de 2009 y hasta el 31 de Diciembre de 2009, cada interesado podrá solicitar el acceso al nivel o niveles que pudieran corresponderle en función de la tabla, si bien los efectos económicos se temporalizaran de la siguiente forma:
Nivel dos.- En 2010 se abonará el cien por cien de la cuantía establecida para este nivel.
Nivel tres.- En 2011 se abonará el cien por cien de la cuantía establecida para este nivel.
Nivel cuatro.- En 2012 se abonará el cien por cien de la cuantía establecida para este nivel.
Se creará una COMISIÓN encargada de la valoración de los requisitos y méritos necesarios para el acceso a los distintos niveles de carrera profesional.
En la composición de esta comisión formaran parte las organizaciones sindicales firmantes de acuerdo, y se negociara en el plazo de seis meses desde la firma del acuerdo.
La descripción de los méritos y requisitos necesarios para la consecución de los distintos niveles de carrera profesional se negociará igualmente en el plazo de seis meses y necesariamente, se deberá valorar la trayectoria y actuación profesional, la calidad de los trabajos realizados, los conocimientos adquiridos y el resultado de la evaluación del desempeño.
ACUERDO DE LA CARRERA PROFESIONAL HORIZONTAL