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EMBAJADA DE ESPAÑA EN MARRUECOS

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CALENDARIO ESCOLAR DE LOS CENTROS DOCENTES ESPAÑOLES EN MARRUECOS

CURSO 2007/08

De conformidad con la legislación vigente y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 del R.D. 1027/1993 de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior, y en el punto 133 y siguientes de las Instrucciones del Subsecretario de Educación y Ciencia de 24 de mayo de 2005, por las que se regula la organización y el funcionamiento de los centros docentes de titularidad del Estado español en el exterior, esta Consejería ha resuelto dictar las normas por las que se ha de regir el calendario escolar para el curso académico 2007/08 en todos los Centros docentes españoles en Marruecos.

1.- NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

1.1.- ACTIVIDADES ESCOLARES

El año escolar se desarrollará entre el día 1 de septiembre de 2007 y el 30 de junio del 2008, ambos inclusive, con excepción de las vacaciones y los días festivos. La incorporación del profesorado será el lunes 3 de septiembre de 2007.

La fecha de comienzo de clases en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria y Formación Profesional será el 10 de septiembre de 2007.

La finalización de las actividades lectivas con los alumnos, también en todos los Centros y niveles, a excepción del segundo curso de Bachillerato, será el 20 de junio de 2008. A partir de esta fecha y hasta el 30 de junio, los días hábiles restantes se dedicarán a la realización de las tareas propias de fin de curso (pruebas finales que procedan, evaluaciones de alumnos, evaluación de las actividades desarrolladas por el Centro durante el curso, Claustro, etc.)

Esta Consejería de Educación remitirá en su momento y, en todo caso, antes del 17 de mayo de 2008, instrucciones sobre el calendario de actividades lectivas y no lectivas de final de curso, sin perjuicio de lo dispuesto en las disposiciones vigentes y de las normas que puedan ser dictadas por la Subdirección General de Cooperación Internacional u otros organismos del Ministerio de Educación y Ciencia.

Las pruebas extraordinarias de septiembre de 2008 y las evaluaciones correspondientes a las mismas, se realizarán entre el 1 y el 5 de dicho mes.

1.2.- VACACIONES

1.2.1 Las vacaciones de Otoño comprenderán del 29 de octubre al 6 de noviembre de 2007, ambos inclusive.

1.2.2 Las vacaciones 1er a 2º trimestre comprenderán desde el día 20 de diciembre de 2007 hasta el 2 de enero de 2008, ambos inclusive.

1.2.3 Las vacaciones de 2º a 3er trimestre comprenderán desde el 17 al 25 de marzo de 2008, ambos inclusive.

1.2.4 Las vacaciones de mitad del tercer trimestre comprenderán del 28 de abril al 2 de mayo de 2008, ambos inclusive.

1.2.5 Las vacaciones de Verano se iniciarán en los centros docentes el 1 de julio y terminarán el 31 de agosto de 2008, ambos inclusive.

No obstante, los equipos directivos de los centros deberán llevar a cabo un calendario de permanencia durante el mes de julio conforme a las instrucciones que dictará la Consejería de Educación antes de la finalización del período lectivo del curso.

1.3.- DÍAS 12 DE OCTUBRE Y 6 DE DICIEMBRE

El 12 de octubre (Fiesta Nacional de España) y el 6 de diciembre (Día de la Constitución) de 2007 se considerarán como días lectivos en los que se celebrarán en los centros actos conmemorativos de la festividad correspondiente.

1.4.- FIESTAS
Aïd el Fitr (Fin del Ramadán) (*) 13 de octubre de 2007
Día de la Marcha Verde 6 de noviembre de 2007 (incluida en las vacaciones de otoño)
Independencia de Marruecos 18 de noviembre de 2007
Aïd El Kebir (*) 20 diciembre 2007 (incluida en vacaciones 1º a 2º trimestre)
Primero de Moharram (*) 8 de enero de 2008
Manifiesto de la Independencia de Marruecos 11 de enero de 2008
Aïd El Mulud (*) 20 de marzo de 2008 (incluida en vacaciones 2º a 3er trimestre)
Fiesta del Trabajo 1 de mayo de 2008 (incluida en vacaciones mitad 3er trimestre)

(*) Se comunicará en su momento si se diera alguna modificación sobre lo previsto.

1.5.- HORARIO DE RAMADÁN

En relación con el posible horario específico en tiempo de Ramadán, se estudiará en su momento la procedencia y características de una jornada escolar diferente a la habitual en la que, en todo caso, deberá mantenerse el tiempo total dedicado a actividades lectivas. Los Directores de los Centros deberán hacer su propuesta en la primera semana de septiembre de 2007.

2.- NORMAS ESPECÍFICAS

EDUCACIÓN INFANTIL Y EDUCACIÓN PRIMARIA

Jornada continuada. Únicamente en los períodos comprendidos del 10 al 28 de septiembre de 2007 y del 2 al 20 de junio de 2008, las actividades escolares podrán desarrollarse en jornada continuada de mañana. Las correspondientes propuestas del equipo directivo para cada uno de estos dos períodos serán tramitadas con antelación suficiente a esta Consejería, especificando el régimen horario concreto de funcionamiento del Centro y de actividades con los alumnos. En todo caso, se deberán mantener al menos cuatro horas y 30 minutos lectivas diarias, excluido el recreo.

3.- PUBLICIDAD

Este calendario deberá estar expuesto de forma visible para todos los interesados en cada Centro docente, para conocimiento de la comunidad educativa, y se entregará copia del mismo a las juntas directivas de las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos.

Asimismo, se comunicará a los padres o tutores legales de los alumnos al inicio del curso escolar 2007/08, en la primera reunión mantenida con ellos por los profesores tutores.

Rabat, 13 de junio de 2007

El Consejero de Educación

Fdo.: José Crespo Redondo

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