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RESUMEN DE VOTOS PARTICULARES PRESENTADOS POR CSI-CSIF EN LA REUNIÓN DEL CONSEJO ESCOLAR DEL ESTADO DEL 26-5-2005 DEDICADA A ELABORAR EL INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 15, APARTADO 2, PÁGINA 26
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido aceptada la modificación del apartado dos del artículo 15 del Anteproyecto en el siguiente sentido:
"El segundo ciclo de la educación infantil será gratuito en los centros públicos. Las Administraciones educativas garantizarán la existencia de plazas suficientes en dichos centros."
Justificación del voto:
CSI-CSIF, defiende y apuesta claramente por la existencia de una red pública de Educación Infantil -por su carácter compensador e integrador y como garante de la eliminación de desigualdades de origen- y está totalmente en contra de la concertación de este nivel educativo.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 21, LÍNEA 3, PÁGINA 29
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido aceptada la adición en la línea tercera del artículo 21 del Anteproyecto, después de "Esta evaluación", "que será externa y homogénea en todo el Estado".
Justificación del voto:
El objetivo de esta evaluación debe ser la constatación de la eficacia del sistema educativo y así contribuir a la comprobación y corrección de todos los aspectos que sean precisos, por lo que no tendría sentido que no fuera externa y homogénea en todo el Estado. Además, sin la concreción no tendría sentido el texto dado que las Administraciones educativas ya tienen esta competencia.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 24, APARTADO Nuevo, PÁGINA 31
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido aceptada la adición del siguiente texto:
"En los cursos primero y segundo de la etapa se tenderá hacia una progresiva reducción de la comprensividad, estableciéndose itinerarios o vías formativas flexibles y no discriminatorias en los cursos tercero y cuarto."
Justificación del voto:
CSI-CSIF, avalado por numerosos estudios e informes nacionales e internacionales y por el tratamiento de la comprensividad en los países de nuestro entorno, sigue reivindicando el establecimiento de itinerarios no discriminatorios, la supresión de la promoción automática y la eliminación de la comprensividad en el segundo ciclo de la ESO.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 24, APARTADO 6, PÁGINA 31
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimido el apartado seis del artículo 24 del Anteproyecto.
Justificación del voto:
Desde CSI-CSIF consideramos más correcto que reducir el número de materias, la revisión de los distintos currículos y una mayor adaptación a los intereses y capacidades del alumnado, y su estructuración en función de evitar mermas en la consecución de los objetivos de la etapa. Asimismo y con el mismo objetivo, también nos remitimos a otras medidas como son la disminución de la ratio, el incremento de plantillas que favorezcan desdobles, recuperaciones y refuerzos y los itinerarios en los dos últimos cursos de la etapa.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 26, APARTADO 3, PÁGINA 32
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimido el apartado tres del artículo 26 del Anteproyecto.
Justificación del voto:
CSI-CSIF defiende la especialización del profesorado como uno de los principales requisitos para una educación de calidad, por lo que necesariamente debe estar en contra de la institucionalización de las afines que realiza este apartado. Asimismo, no entendemos como el Consejo Escolar del Estado que en innumerables ocasiones ha hecho bandera de esta demanda, extrañamente no la ha apoyado.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 4, APARTADO 1, OBSERVACIÓN 34 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 34 del Informe, al apartado uno del artículo 4 del Anteproyecto, en la que se propone la obligatoriedad del segundo ciclo de la Educación Infantil.
Justificación del voto:
CSI-CSIF defiende la necesidad que tienen las Administraciones educativas de atender, en la red pública, toda la demanda de plazas de Educación Infantil. Lo anterior no puede traducirse en una obligación de la familia, exigible por vía judicial, sino que el incremento de la escolarización en esta etapa hay que conseguirlo mediante la motivación de aquella y la puesta a su disposición de comedor escolar, prolongación de jornada, actividades extraescolares, etc.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 29, LÍNEA 3, PÁGINA 34
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido aceptada la adición en la línea tercera del artículo 29 del Anteproyecto, después de "Esta evaluación", "que será externa y homogénea en todo el Estado".
Justificación del voto:
El objetivo de esta evaluación debe ser la constatación de la eficacia del sistema educativo y así contribuir a la comprobación y corrección de todos los aspectos que sean precisos, por lo que no tendría sentido que no fuera externa y homogénea en todo el Estado. Además, sin la concreción no tendría sentido el texto dado que las Administraciones educativas ya tienen esta competencia.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 32, APARTADO 3, PÁGINA 36
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido sustituido en la línea primera del apartado 3 del artículo 32 del Anteproyecto "dos cursos" por "tres cursos".
Justificación del voto:
Avalados por los resultados de encuestas y diversos estudios, desde CSI-CSIF estimamos que la actual estructura y duración del Bachillerato -el más pequeño de los países de nuestro entorno- no son las adecuadas para que el alumnado adquiera los objetivos y las capacidades que con respecto a este nivel señala la normativa vigente, ni para prepararlos adecuadamente para el acceso a la Universidad, defraudando tanto su carácter propedéutico, como limitando la futura movilidad de nuestros titulados.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 34, APARTADO 7, PÁGINA 38
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimido en la línea cuarta del apartado siete del artículo 34 del Anteproyecto "(en la modalidad b)".
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende, y defiende, que la Filosofía debe ser obligatoria en todas las modalidades del Bachillerato.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 38, PÁGINA 39
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido modificado el artículo 38 del Anteproyecto en el siguiente sentido:
"Para los alumnos que hayan terminado el bachillerato se establecerá una Prueba de Estado homologable y homogénea que garantice el principio de igualdad, la unidad del sistema educativo y la movilidad del alumnado, sin perjuicio de las competencias autonómicas. Esta Prueba será el único requisito para el acceso del alumnado a la universidad."
Justificación del voto:
CSI-CSIF, defiende la existencia de una Prueba de Estado como garantía de homogeneidad del sistema educativo en todos los centros -públicos o privados- y en todas las Comunidades Autónomas, para permitir una adecuada movilidad del alumnado y como consecuencia de la obligada responsabilidad del Estado sobre los títulos que éste otorga. En todo caso, ésta será la única prueba para acceder a la Universidad.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 41, APARTADO 4, PÁGINA 41
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido modificado el apartado cuatro del artículo 41 del Anteproyecto en el siguiente sentido:
"Para quienes acrediten estar en posesión del título de Técnico y deseen acceder a un ciclo formativo de grado superior de la misma familia profesional o de una familia afín reglamentariamente establecida: a) el requisito de edad para la realización de la prueba será de dieciocho años; b) la prueba podrá sustituirse por la superación de las enseñanzas que determinen las Administraciones educativas para complementar la madurez y las capacidades profesionales acreditadas por la posesión del título de Técnico"
Justificación del voto:
CSI-CSIF, aboga por la conexión del grado medio y superior de la Formación Profesional, por lo que demanda la legalidad vigente -artículo 32.3 de la LOGSE en la redacción dada por la Ley 55/1999, de acompañamiento de los presupuestos- anterior al establecimiento de la Ley de Calidad.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 82, APARTADO 2, PÁGINA 58
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimido en la línea sexta del apartado dos del artículo 82 del Anteproyecto "rentas anuales de la unidad familiar".
Justificación del voto:
CSI-CSIF defiende la desaparición de la renta como criterio para la admisión de alumnos, ya que entendemos que no se puede castigar a ninguna familia por aportar más a la sociedad. Además el Anteproyecto empeora la legalidad vigente que habla de "renta per cápita"
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 88, PÁGINA 60
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido recogidos los derechos del profesorado en el artículo 88 del Anteproyecto.
Justificación del voto:
La redacción actual del artículo 88 precisa las funciones -deberes- del profesorado. Desde CSI-CSIF pensamos que es obligada la inclusión de un artículo en el que se enumeren los derechos y deberes del profesorado tal y como ocurre en el caso de los alumnos y los padres, en las disposiciones finales del Anteproyecto.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 89, APARTADOS 1 y 2, PÁGINA 61
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido modificados los apartados 1 y 2 del artículo 89 del Anteproyecto en el siguiente sentido:
"La educación infantil será impartida por maestros con la especialización correspondiente. Los centros dispondrán asimismo de otros profesionales con la debida cualificación y del personal auxiliar necesario"
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 90, APARTADOS NUEVO, PÁGINA 62
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber añadido un nuevo apartado al artículo 90 del Anteproyecto estableciendo la especialidad de Educación Primaria.
Justificación del voto:
El artículo 3 del Real Decreto 1440/1991, de 30 de agosto (BOE 11.10.91), establece la especialidad de Educación Primaria como una de las correspondientes al título de Maestro, habiendo finalizado hasta la fecha bastantes promociones de dichos estudios.
CSI-CSIF entiende que mantener la situación actual de no convocatoria de la especialidad de Educación Primaria, es mantener engañados a un elevado número de alumnos matriculados en las Facultades de Ciencias de la Educación, que cuando terminan su carrera se encuentran con que su especialidad no existe para acceder a la Función Pública Docente, hecho éste que incluso ha ocasionado la imposibilidad de convocar las oposiciones previstas por algunas Administraciones educativas.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 93, APARTADO 2, PÁGINA 63
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimido el apartado dos del artículo 93 del Anteproyecto.
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende que este apartado vulnera la legalidad vigente al establecer, con carácter retroactivo, nuevas exigencias al profesorado que actualmente está impartiendo los estudios superiores de las enseñanzas artísticas.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 102, APARTADO 3, PÁGINA 67
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimido el apartado tres del artículo 102 del Anteproyecto.
Justificación del voto:
En función de la ambigüedad del texto, que puede permitir la discrecionalidad de la Administración y efectos discriminatorios para el profesorado, la existencia de otros apartados de este mismo artículo dedicados a la evaluación del profesorado y el carácter de la norma, no creemos necesario la inclusión de este artículo en la futura Ley.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 129, PÁGINA 83
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido modificado el artículo 129 del Anteproyecto en el siguiente sentido:
"El director será elegido por el Claustro de Profesores de entre los funcionarios con destino definitivo en el centro."
Justificación del voto:
CSI-CSIF, después de haber realizado diversas encuestas al profesorado y en consonancia con lo que opina la mayoría de este colectivo, defiende que el Director de los centros educativos sea elegido por el Claustro, por lo que nosotros, sus representantes, transmitimos de nuevo esta demanda.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 28, APARTADO 3, OBSERVACIÓN 89 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido modificada la observación 89 del Informe, realizada al apartado tres del artículo 28 del Anteproyecto, en el siguiente sentido:
"A efectos de lo dispuesto... no cabrá decisión positiva cuando el alumno no haya superado los objetivos de tres o más materias. Las materias de cursos anteriores serán tenidas en cuenta a efectos de promoción"
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende que la posibilidad que se da a los centros de que los alumnos puedan promocionar con dos o tres materias, desembocará ineludiblemente en la segregación del alumnado, en la clasificación de los centros y en la limitación de la movilidad de aquél.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 28, APARTADO 6, OBSERVACIÓN 92 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido modificada la observación número 92 del Informe, al apartado seis del artículo 28 del Anteproyecto, en el siguiente sentido:
"Los alumnos de educación secundaria obligatoria realizarán una prueba extraordinaria de las materias que no hayan superado. Dicha prueba extraordinaria se celebrará en el mes de septiembre"
Justificación del voto:
CSI-CSIF apuesta por el mantenimiento de la prueba extraordinaria como elemento coadyuvante en la promoción del alumno. Atendiendo a criterios pedagógicos, a la opinión de profesorado -recogida en una encuesta realizada por CSI-CSIF y otras entidades- y otrora a la del propio Consejo Escolar, consideramos que dicha prueba debe realizarse en septiembre.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 38, APARTADO Nuevo, OBSERVACIÓN 114 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 114 del Informe, al artículo 38 del Anteproyecto, por la que se propone que el título de Bachillerato se pueda obtener con dos materias suspensas.
Justificación del voto:
CSI-CSIF está radicalmente en contra de que el alumnado que no ha superado todas las materias pueda titular y más en una enseñanza postobligatoria como es el Bachillerato.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 39, APARTADO 6, OBSERVACIÓN 121 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido añadido a la observación número 121, al apartado seis del artículo 39 del Anteproyecto, el siguiente texto:
"Asimismo, también debería precisarse la necesidad de que las organizaciones sindicales que representan al profesorado entren a formar parte del Consejo General de Formación Profesional tal y como este Consejo Escolar ha reiterado en múltiples ocasiones."
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende que la tramitación del Anteproyecto de Ley debiera haber sido el momento para el planteamiento de esta reiterada recomendación del Consejo Escolar e incorporar al Consejo General de la Formación Profesional a las organizaciones representativas en el ámbito educativo, ya que una parte importante del desarrollo de la Formación Profesional se realiza en este ámbito.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 42, OBSERVACIÓN 133 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 133, al artículo 42 del Anteproyecto, en la que se pide la concertación de la formación profesional.
Justificación del voto:
CSI-CSIF, está totalmente en contra de la concertación de niveles no obligatorios a la vez que demanda la no modificación del actual equilibrio entre la red pública y la red concertada. Es más, creemos necesario reforzar la consideración de la enseñanza como servicio público bajo la responsabilidad del Estado, para frenar las tendencias privatizadoras que amenazan con reducir la enseñanza pública a zonas y poblaciones marginales.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 64, APARTADO 3, OBSERVACIÓN 149 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 149 del Informe, al apartado tres del artículo 64 del Anteproyecto, por la que se pide que los agentes sociales tengan preferencia para la organización de cursos de formación de adultos.
Justificación del voto:
Desde CSI-CSIF, al igual que señalamos con respecto a otras propuestas en la misma línea de la Comisión Permanente, no entendemos cuál es la razón por la que se trata de premiar a las organizaciones sindicales más representativas con respecto a otras organizaciones y entidades, salvo por su elevado peso en la composición de dicha Comisión Permanente.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 88, APARTADO 1.d, OBSERVACIÓN 184 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido modificada la observación número 184 del Informe, al apartado uno, letra d del artículo 88 del Anteproyecto, en el siguiente sentido:
"d) La colaboración, con los servicios o departamentos especializados en orientación, en el proceso de orientación educativa, académica y profesional de los alumnos"
Justificación del voto:
La observación del Consejo, y la redacción del Anteproyecto, asigna a todo el profesorado una función -la orientación educativa, académica y profesional- que no le corresponde, para la que no ha sido formado y que además está atribuida a un personal específico: el orientador.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 98, OBSERVACIÓN 198 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 198 del Informe, al artículo 98 del Anteproyecto, en la que se propone la modificación del título para su aplicación a la enseñanza privada.
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende que la responsabilidad de la Administración lo es para con el profesorado de la enseñanza pública por lo que no nos parece oportuno la generalización de este artículo. En todo caso, es necesario resaltar que con esta observación del Consejo los artículo noventa y ocho y noventa y nueve del Anteproyecto tendrían el mismo título.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 99, OBSERVACIÓN 202 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 202 del Informe, al artículo 99 del Anteproyecto, en la que se propone la modificación del título para su aplicación a la enseñanza privada.
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende que la responsabilidad de la Administración lo es para con el profesorado de la enseñanza pública por lo que no nos parece oportuno la generalización de este artículo. En todo caso, es necesario resaltar que con esta observación del Consejo los artículo noventa y ocho y noventa y nueve del Anteproyecto tendrían el mismo título.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 101, APARTADO 2.a, OBSERVACIÓN 212 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido aceptada la adición en la última línea de la observación 212 al Informe, apartado 2, letra a, del artículo 101 del Anteproyecto, "económicos".
Justificación del voto:
Desde CSI-CSIF no alcanzamos a entender por qué el Consejo Escolar decide empeorar el Anteproyecto haciendo desaparecer el reconocimiento a efectos económicos de la tutoría y más si tenemos en cuenta que en el ámbito territorial del MEC y en alguna Comunidad ya se cobra dicho complemento retributivo.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 113, APARTADO 4, OBSERVACIÓN 241 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 241 del Informe, al apartado cuatro del artículo 113 del Anteproyecto por la que se pide igual salario para el profesorado de enseñanza privada.
Justificación del voto:
CSI-CSIF, que demanda la congelación de los fondos que actualmente se dedican a la enseñanza concertada, defiende que es necesario avanzar en la homologación, entre otras, de las condiciones de acceso, movilidad y retribuciones del profesorado de la enseñanza pública y la privada.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 113, APARTADO 6, OBSERVACIÓN 243 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 243 del Informe, al apartado seis del artículo 113 del Anteproyecto, por la que se pide igual salario y paga de antigüedad para el profesorado de la enseñanza privada.
Justificación del voto:
CSI-CSIF, que demanda la congelación de los fondos que actualmente se dedican a la enseñanza concertada, defiende que es necesario avanzar en la homologación, entre otras, de las condiciones de acceso, movilidad y retribuciones del profesorado de la enseñanza pública y la privada. Asimismo, no nos parece correcto que se le pague antigüedad al profesorado de enseñanza privada cuando no se le abona a un grupo -profesorado interino- bastante considerable del de pública.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO NUEVO, OBSERVACIÓN 246 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 246 del Informe, que introduce un nuevo artículo sobre "Medios Materiales y Humanos" para centros concertados.
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende que este tipo de medidas se debe adoptar prioritariamente en la red pública que actualmente es la que sufre mayores necesidades. En todo caso, este tema afecta a las organizaciones patronales y sindicales del sector y no a las Administraciones educativas.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 115, APARTADO 5, OBSERVACIÓN 250 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 250 del Informe, al apartado cinco del artículo 115 del Anteproyecto, por la que se pide que uno de los representantes del Consejo Escolar sea elegido por el APA.
Justificación del voto:
CSI-CSIF propugna la elección democrática de todos los miembros del Consejo Escolar, por lo que considera un privilegio su asignación directa a cualquier entidad o colectivo.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 122, APARTADO 1, OBSERVACIÓN 262 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 262 del Informe, al apartado uno del artículo 122 del Anteproyecto, por la que se pide que uno de los representantes del Consejo Escolar sea elegido por el APA y la asociación de alumnos.
Justificación del voto:
CSI-CSIF propugna la elección democrática de todos los miembros del Consejo Escolar, por lo que considera un privilegio su asignación directa a cualquier entidad o colectivo.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 122, APARTADO 3, OBSERVACIÓN 263 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 263 del Informe, al apartado tres del artículo 122 del Anteproyecto, por la que se pide la presencia de representantes sindicales en el Consejo Escolar de los centros de formación profesional.
Justificación del voto:
CSI-CSIF no alcanza a entender cuál puede ser la causa, salvo su elevado peso en este órgano, por la que el Consejo Escolar demanda la presencia de los agentes sociales en el Consejo Escolar de los centros de formación profesional y más cuando ni siquiera ha respaldado la presencia de los sindicatos de enseñanza en el Consejo General de la Formación Profesional.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 124, OBSERVACIÓN 272 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 272 del Informe, al artículo 124 del Anteproyecto, por la que se pide la inclusión en el Claustro de Profesores del personal de atención educativa.
Justificación del voto:
CSI-CSIF entiende que el Claustro de Profesores, como su cometido pedagógico y su mismo nombre indica, está formado por, y sólo por, el total del profesorado del centro. La participación de estos profesionales o cualquier otro personal se debe canalizar a través del Consejo Escolar.
VOTO PARTICULAR
AL ARTÍCULO 125, LETRA e, OBSERVACIÓN 275 DEL INFORME
Voto particular formulado por los Consejeros D. Juan Arboledas Lorite y D. Manuel Pascual Serrano en nombre de CSI-CSIF, por no haber sido suprimida la observación número 275 del Informe, a la letra e del artículo 125 del Anteproyecto, por la que se pide la supresión de "y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente ley" entre las funciones del Claustro.
Justificación del voto:
Llama sobremanera la atención que el Consejo Escolar del Estado, que una vez tras otra insiste en la necesidad de revitalizar el papel del profesorado y de dignificar su función, pida que el Claustro de Profesores no participe en la selección del director "en los términos establecidos en la ley" sean éstos los que sean.
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