CSI-CSIF apoyó el Decreto de Derechos y Deberes porque ayudará al profesorado en su labor diaria.
Un gran logro sindical para CSI-CSIF, porque era un clamor la necesidad de un nuevo Decreto que sustituyese al de 1991 y que atajase los graves problemas de convivencia provocados a partir de la LOGSE y no solucionados por su refrito, la LOE.
Aún así, el Decreto no es perfecto, CSI-CSIF destaca los siguientes aspectos positivos y negativos del mismo:
ASPECTOS POSITIVOS:
- El borrador de decreto permite al docente y a los equipos directivos adoptar medidas disciplinarias y correctoras de comportamientos inapropiados de manera inmediata, sin papeleos ni expedientes, lo que implicará una mayor agilidad y un mayor carácter educativo. Se podrán atajar los primeros síntomas de indisciplina antes de que pasen a más.
-El alumno deberá asistir a clase y estudiar. Se recoge, entre los deberes del alumno, el de estudiar y asistir a clase, que requiere del esfuerzo, disciplina y responsabilidad de los estudiantes, el respeto a los demás y a las normas de convivencia. El escolar deberá asistir a clase con el material necesario para poder participar activamente en el desarrollo de la actividad y realizar las tareas encomendadas por el profesor, entre otros. Habrá procesos extraordinarios de evaluación para aquel que supere el máximo de faltas de asistencia al aula.
-Se podrá sacar de clase y enviar a los alumnos con conductas inadecuadas a unas aulas de convivencia para que reciban atención individualizada y para salvaguardar el derecho de los demás alumnos a recibir una enseñanza de calidad.
-El docente será considerado autoridad. El profesor tendrá la consideración de autoridad pública en el desempeño de su función docente y gozará de derecho a la defensa jurídica. Los docentes han de ser respetados, recibir un trato adecuado y contar con la colaboración necesaria por parte de los padres, en la realización de las tareas escolares en casa, control de la asistencia a clase, en la asistencia a tutorías, entre otros.
-El expediente tendrá un plazo máximo de resolución de un mes. Entre las medidas sancionadoras se recoge la expulsión temporal del centro y el cambio de colegio o IES.
- Los móviles y otros aparatos eléctricos ajenos al proceso de enseñanza podrán ser requisados, apagados y devueltos a los padres o tutores legales en presencia del menor. Asimismo, el uso de estos aparatos en el recinto educativo se podrá prohibir si no son necesarios para llevar a cabo tareas docentes, si así lo contempla el reglamento interno.
-Deberes de los padres en la educación. Por primera vez se recogen derechos y deberes de los padres, algo que no recogen otros Decretos de otras Comunidades y que ha sido muy criticado por otros sindicatos que parecen defender más a los padres que a los profesores y profesoras. Así, estos tienen obligación de involucrarse en la educación de sus hijos, de escolarizarlos y de colaborar con el centro. Si no cooperan, se trasladarán los hechos a las instituciones públicas competentes. En caso de que el proyecto educativo prevea el uso de uniforme, los padres tendrán obligación de acatarlo. Padres y tutores serán responsables civiles de los daños que sus hijos causen en las instalaciones o incluso en caso de sustracción.
-Sanciones por actos fuera del mismo centro. También podrán ser corregidas o sancionadas aquellas acciones que se produzcan fuera del recinto escolar, siempre y cuando estén motivadas o directamente relacionadas con la vida escolar, y afecten a algún miembro de la comunidad educativa.
-La huelga, solo con autorización paterna. Las decisiones colectivas de inasistencia a clase (huelga) se podrán ejercitar con la correspondiente autorización de sus padres o tutores, en caso de que los alumnos sean menores de edad. El permiso implicará la exoneración de cualquier responsabilidad del centro derivada de la actuación del estudiante. A su vez, los centros garantizarán el derecho del resto a recibir educación.
ASPECTOS NEGATIVOS:
-No se contempla una memoria económica. Y es que el sindicato no admitirá que sean los profesores de guardia quienes se encarguen del Aula de Convivencia. Hace falta para las citadas aulas profesionales formados, y ello implica un aumento de las plantillas y un mayor gasto.
-No se contempla la figura del Mediador Escolar.
-No se ofrece un plan de formación específico para afrontar la indisciplina, la tutoría y la mediación.
-No se contempla la necesidad de coordinarse con asistentes sociales en el caso de que las conductas disruptivas tengan un origen social o familiar.
-Se debe incluir una reducción de ratios, y una potenciación real de la tutoría.
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