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Enseñanza - Oposiciones
Lunes, 12 de Marzo de 2007 (4230 lecturas) 

OPOSICIONES 2007: Extracto de la convocatoria del Cuerpo de Maestros de CLM. Sobre las pruebas y el informe.



CSI-CSIF informa:

Ya que la Conselleria de Educación de la Comunitat Valenciana se lo está tomando con tanta calma que no nos ha convocado para negociar la Orden de oposiciones hasta el día 22 de marzo, CSI-CSIF está estudiando lo que hacen nuestras comunidades vecinas para intentar aliviar un poco a los miles de opositores valencianos sumidos en la desinformación.

Aquí presentamos un extracto de lo que será la convocatoria del Cuerpo de Maestros de Castilla la Mancha. Se observa que sólo tiene práctico la especialidad de Música y que admiten el informe incluso para interinos que vayan desde otras comunidades a enriquecer su bolsa de profesores:


DESARROLLO DE LA PRUEBA:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto 276/2007 de 23 de febrero, la fase de oposición constará de una única prueba estructurada en dos partes que no tendrán carácter eliminatorio. El Tribunal solo hará pública la nota final y global de la prueba. Las partes de la prueba serán realizadas en el mismo orden en que aparecen reguladas en la presente convocatoria.

5.1.1.- La prueba y sus dos partes se ajustarán a lo que se indica a continuación:

5.1.2.- Parte A: Tendrá por objeto la demostración de conocimientos específicos necesarios para impartir la docencia. Consistirá en el desarrollo por escrito, durante un tiempo de dos horas, de un tema elegido por el aspirante de entre tres extraídos al azar por el Tribunal de los correspondientes al temario de la especialidad.

5.1.3.- Parte B: Tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica del aspirante y su dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio docente. Consistirá en la presentación de una programación didáctica y en la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. En la especialidad de Música, por incluir habilidades instrumentales o técnicas, esta segunda parte incluirá un ejercicio de carácter práctico.

B.1) Presentación de una programación didáctica. La programación didáctica será entregada por el aspirante al Tribunal que le corresponda, en el Acto de Presentación previo al inicio de los ejercicios que integran la prueba de la fase de oposición y que se recoge en el número 35 de la Base VII de la presente Resolución.

La programación didáctica será defendida oralmente ante el Tribunal y hará referencia al currículo de un área, materia o módulo relacionados con la especialidad por la que se participa, y en la que se especificarán los objetivos, contenidos, criterios de evaluación y metodología, así como a la atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en el que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlo.

Los contenidos de la Programación Didáctica se ajustarán a lo establecido en el Anexo IV de esta convocatoria.

La Programación, que tendrá carácter personal, será elaborada individualmente por el aspirante y tendrá una extensión máxima de 60 folios (incluidos, en su caso, anexos), en tamaño “DIN-A4”, por una sola cara. En caso de que se haga uso de medios informáticos para elaborar la programación, y siempre que sea posible, se empleará una letra del tipo “Arial” de 12 puntos sin comprimir, a espacio sencillo.

Las unidades que compongan la Programación deberán ir debidamente numeradas y serán al menos 12, salvo en la especialidad de Música en la que serán al menos 8 y en las especialidades de Audición y Lenguaje y Pedagogía Terapéutica en las que serán al menos 10.

B.2) Preparación y exposición de una unidad didáctica.- La preparación y exposición oral ante el Tribunal de una unidad didáctica, estará relacionada con la programación didáctica presentada por el aspirante.

El aspirante elegirá el contenido de la unidad didáctica de entre tres extraídas al azar por él mismo de su propia programación. En la elaboración de la citada unidad didáctica deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen con ella, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.

El aspirante dispondrá de una hora para la preparación de la unidad didáctica y podrá utilizar el material que considere oportuno. La exposición de la unidad didáctica ante el Tribunal tendrá carácter público, y para ella el aspirante podrá utilizar el material auxiliar que considere oportuno y que deberá aportar él mismo, así como un guión que no excederá de un folio y que se entregará al Tribunal al término de aquélla.


Informe sustitutivo del ejercicio B.2.-
La preparación y exposición de la Unidad Didáctica (Ejercicio B.2) podrá ser sustituida, a petición del interesado, por un informe que valore sus conocimientos acerca de la unidad didáctica. En dicho informe que, de conformidad con las funciones atribuidas a los órganos de selección, será juzgado, valorado y calificado por el Tribunal correspondiente, deberá acreditarse, al menos, la concreción de los objetivos de aprendizaje que se han perseguido en las unidades didácticas, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantean en el aula y sus procedimientos de evaluación.

Podrán optar por el informe, indicándolo en la casilla correspondiente de la solicitud de participación en el proceso selectivo (casilla nº 22 del Anexo II), aquellos aspirantes que sean funcionarios interinos del Cuerpo de Maestros en activo al término del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo, que acrediten al menos 6 meses ininterrumpidos de servicios prestados entre el 01/09/2006 y la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente proceso selectivo. A estos efectos se considerarán como tiempo de servicios prestados aquel durante el cual los aspirantes interinos no estén prestando servicios en el Centro por atender al cuidado de hijos o familiares. En el caso de optar por el informe, esta opción tendrá carácter vinculante para el solicitante no pudiendo ser modificada una vez presentada la solicitud de participación en el proceso selectivo. Quienes habiendo optado por el informe en su solicitud de participación no reúnan los requisitos para dicha opción deberán realizar la Parte B. 2) de la fase de oposición (preparación y exposición de una unidad didáctica).

Para cada una de las especialidades de ingreso objeto de la presente convocatoria el informe será elaborado, conforme al modelo oficial que se publica junto a la presente convocatoria como Anexo IX, por una Comisión nombrada al efecto por Resolución de la Dirección General de Personal Docente. Estas Comisiones estarán formadas por un presidente, que será el Jefe del Servicio de Inspección Educativa de la Provincia o persona en quien delegue, y por un número de miembros funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros que posean la especialidad correspondiente, de forma que, en su conjunto, la Comisión la integren un número impar de miembros no inferior a 5.

Serán admitidos los informes sobre los conocimientos acerca de la unidad didáctica o unidad de intervención, que correspondan a aspirantes que se presenten al proceso selectivo regulado en la presente convocatoria de acceso libre y que sean interinos de otras Administraciones Educativas, siempre que el aspirante reúna los requisitos establecidos en la presente convocatoria para poder optar por el informe. En este supuesto, el aspirante al presentar la unidad didáctica o, en su caso, la unidad de intervención (en el mismo plazo y forma señalados anteriormente) deberá aportar una certificación emitida por el órgano competente de su Comunidad Autónoma de origen donde conste que el aspirante acredita al menos 6 meses de servicios prestados ininterrumpidamente desde el 01/09/2006 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el presente proceso selectivo. Asimismo y en este mismo supuesto, el aspirante deberá marcar que opta por el informe en la casilla correspondiente de la solicitud de participación (casilla 22 del Anexo II) y presentar cumplimentado junto a su solicitud de participación el Anexo X, que se publica junto a esta Resolución, donde hará constar la Comunidad Autónoma en la que está destinado como interino. El aspirante presentará la unidad didáctica o, en su caso la unidad de intervención, en su Comunidad Autónoma de procedencia estos supuestos se requerirá a la Administración Educativa a la que pertenece el aspirante como funcionario interino para que remita el informe correspondiente ajustado al modelo de informe que se publica junto a la presente Resolución como Anexo IX. Dicho informe deberá remitirse en todo caso con anterioridad al 1 de junio de 2007, a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en que se gestiona cada especialidad y donde se ubica la Comisión que elabora el informe, según la asignación que se ha señalado anteriormente. Con anterioridad al comienzo de los ejercicios de la fase de oposición, se publicará la relación de aspirantes interinos destinados en otras Comunidades Autónomas que deberán realizar el ejercicio B.2 por no haberse emitido en tiempo y forma el informe.

Los contenidos sobre las que versa el informe son los siguientes:

Concreción de los objetivos de aprendizaje.-
1.- Los objetivos están técnicamente bien formulados, son coherentes y concretan los más generales del currículo oficial.
2.- Están adaptados al curso correspondiente y a las características del alumnado.

Contenidos.-
3.- La selección de los contenidos es acorde con la propuesta de objetivos.
4.- Se enmarcan en el currículo oficial y son apropiados para el curso que se propone.
5.- Su formulación es variada y responde a criterios epistemológicos, contextualizados y funcionales.

Actividades de enseñanza y aprendizaje.-
6.- La programación de actividades contribuye al logro de los objetivos y al desarrollo de los contenidos propuestos.
7.- Son motivadoras, variadas, graduadas en dificultad y accesibles a la mayoría del alumnado.
8.- Se prevé la utilización de distintos recursos didácticos.

Procedimientos de evaluación.-
9.- Son coherentes con los objetivos, contenidos y actividades propuestos.
10.- Son variados, flexibles y están adaptados a la diversidad del alumnado y
prevén mecanismos de recuperación.

Cada una de las cuestiones descritas (1 a10) debe ser contestada en términos de SÍ o No. Los informes, una vez elaborados por las Comisiones nombradas al efecto serán remitidos a la Comisión de Selección de la correspondiente especialidad (que tendrá su sede en la misma Delegación Provincial donde se ubica la Comisión que elabora los informes de esa especialidad), la cual los hará llegar al Tribunal correspondiente. El Tribunal calificará este informe de 0 a 10 puntos, teniendo en el conjunto de la fase de oposición el mismo peso que la Parte B.2), es decir, la puntuación máxima que pueda obtenerse por el informe será la misma que pueda obtenerse, también como máximo, en la Parte B.2 (preparación y exposición de una unidad didáctica) de la fase de oposición. Además, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en el caso de que el aspirante opte por el informe éste no podrá tener un peso superior al 30% de la calificación de la fase de oposición.

Parte B.3).- Ejercicio de carácter práctico.
En la especialidad de Música se realizará un ejercicio práctico que permita comprobar que los aspirantes poseen una formación científica y un dominio de las técnicas de trabajo precisas para impartir la especialidad. El ejercicio consistirá en la interpretación por el aspirante, bien acompañándose a si mismo con el instrumento de su elección y que deberá ser aportado por él mismo o bien con su sola voz, de una obra musical (o parte de una obra según su extensión) con un máximo de cuatro páginas, elegida por el Tribunal de entre cinco propuestas libremente por el propio aspirante. Además el aspirante deberá leer a primera vista un fragmento musical, mínimo de 16 compases y máximo de 24 compases, dado por el Tribunal.

5.1.4.- El aspirante dispondrá de un tiempo máximo de una hora para la defensa oral de la programación didáctica y la exposición de la unidad didáctica. El aspirante iniciará su exposición con la defensa de la programación didáctica presentada, que no podrá exceder de treinta minutos, y a continuación realizará la exposición de la unidad didáctica. Durante el desarrollo de la defensa y exposición, el Tribunal podrá plantear al aspirante las cuestiones que estime oportunas en relación con el contenido de aquéllas.

En la especialidad de Música, el ejercicio práctico tendrá una duración máxima de treinta minutos, y se realizará a continuación de la exposición de la unidad didáctica.

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