CSI-CSIF Castilla y León León: Corrección de errores plazas de programadores
CORRECCIÓN de errores de la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de programadores funcionarios/as correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2006 de la Diputación de León. Advertido error material u omisión en la publicación de las bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas de programadores funcionarios/as correspondientes a la oferta pública de 2006 de la Diputación de León («B.O.P.» n.º 58, 26 de marzo de 2008), en virtud del artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede rectificar los siguientes errores materiales u omisiones producidas en la redacción de dichas bases:
1.º– En la Base Primera.– Número y denominación de las plazas.
DONDE DICE: «... Número total de plazas: 2...».
DEBE DECIR: «... Número total de plazas: 2 (acceso libre)...».
2.º– En el punto 4.1. Base Cuarta.– Constitución de la bolsa de empleo.
DONDE DICE: «... se constituirá Bolsa de Auxiliar Administrativo,...».
DEBE DECIR: «... se constituirá Bolsa de empleo de la categoría Programador,...».
3.º– En el apartado I, punto 5.3: Fase de Concurso, Base Quinta.– Contenido de las pruebas.
DONDE DICE: «Por servicios prestados en el desempeño de funciones de la categoría de Auxiliar Administrativo,...».
DEBE DECIR: «Por servicios prestados en el desempeño de funciones de la categoría de Programador,...».
4.º– En la Base Sexta.– Publicación de listas.
SE DEBE SUPRIMIR todas las referencias a otros turnos distintos al acceso libre, por ello se eliminarán las dicciones literales siguientes:
«6.1.– ... una por el turno de promoción interna, otra para el ordinario y otra por el de personas con...».
«6.2.– ... de los distintos turnos...».
«6.3.– ... que opten por los diferentes turnos...».
«6.4.– ... para cada uno de los turnos… ….en los distintos turnos...».
5.º– SE DEBE SUPRIMIR el punto 7.5, Base Séptima.– Tribunal Calificador.
«Los Vocales deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida en la Convocatoria».
El Vicepresidente Segundo,
(por delegación
de firma de la Presidenta, Resolución
n.º 6.046/2007, de 29 de noviembre)
Fdo.: CIPRIANO ELÍAS MARTÍNEZ ÁLVAREZ

Fecha: 16 Abr 2008 - 12:30 PM

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