CONVOCATORIA para la selección de un Gerente del Patronato Provincial de Turismo, por el procedimiento de concurso-oposición, dependiente de la Diputación Provincial de Palencia.
Encontrándose vacante la plaza de Gerente del Patronato Provincial de Turismo el Consejo Rector en la reunión del día 7 de marzo de 2008 adoptó el siguiente ACUERDO:
Aprobar las Bases para la cobertura de la plaza de GERENTE DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO, de naturaleza laboral, en los siguientes términos:
BASES
Primera.– Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la selección de un GERENTE DEL PATRONATO PROVINCIAL DE TURISMO, dependiente de la Diputación Provincial de Palencia mediante el sistema de Concurso-Oposición. La contratación se efectuará mediante un contrato laboral de Alta Dirección.
La plaza está dotada con las retribuciones equivalentes al Grupo A de los regulados en el Art. 25 de la Ley 30/1984, Nivel de Complemento de Destino 26, dos pagas extraordinarias, trienios, complemento específico anual de 21.658,84 euros y demás emolumentos o retribuciones que correspondan con arreglo a la normativa vigente en la Diputación Provincial.
Segunda.– Condiciones de los aspirantes.
Para tomar parte en la Convocatoria será necesario:
a) Ser Español o ciudadano de alguno de los países miembros de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos 18 años de edad.
c) Estar en posesión de un título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente. Las titulaciones obtenidas en otros países de la Unión Europea deberán estar convalidadas por el Ministerio de Educación y Ciencia. Los nacionales de otros países de la Unión Europea deberán acreditar el conocimiento del español.
d) En el caso de solicitantes que ostenten la condición de funcionarios acreditar haber desempeñado en la Administración en la que presten servicios puestos de trabajo clasificados en el Grupo A según la clasificación del Art. 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007 de 12 de abril.
Quienes no ostenten la condición de funcionarios deberán acreditar una experiencia mínima de cinco años en puestos de dirección mediante certificaciones de las empresas en las que haya desempeñado su trabajo o cualquier otro medio que a juicio del Tribunal sea suficiente para acreditar la misma.
Tanto los aspirantes funcionarios como los que provengan del sector privado deberán acompañar una memoria explicativa de las funciones desarrolladas en cada uno de los puestos que haya desempeñado o contratos que haya suscrito.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Locales ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones Públicas. En el caso de nacionales de países de la Unión Europea, deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.
Tercera.– Instancias.
Las instancias para tomar parte en esta Convocatoria deberán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial en el plazo de 20 días naturales, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en extracto en el «B.O.E.».
Las instancias se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente del Patronato Provincial de Turismo. En el supuesto de que el último día de presentación de instancias fuera sábado el plazo se entenderá prorrogado hasta el lunes o primer día hábil.
Quienes tengan la condición de Minusválido deberán acompañar a la instancia una certificación del IMSERSO acreditativa de estar capacitado para el desempeño de la plaza. Igualmente hará constar la necesidad de que por el Tribunal de Valoración se efectúen las adaptaciones necesarias para que pueda llevarse a cabo el proceso de selección.
En la fecha de presentación de instancias deberá estarse en posesión de la totalidad de los requisitos exigidos en la Convocatoria.
Las instancias podrán también presentarse en la forma que determina el Art. 38 de la L.R.J.A.P. y de Procedimiento Administrativo Común.
A la instancia se acompañará la documentación original o compulsada acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y de los méritos de la fase de concurso.
Los derechos de examen se fijan en 30 euros debiendo acompañar a la instancia la justificación de haberlos satisfecho mediante ingreso en la cuenta existente a nombre de Diputación Provincial de Palencia en Caja Duero con el n.º 21040201121110036662. Estos derechos no podrán ser devueltos más que en el caso de anulación de la Convocatoria o de no admisión por falta de alguno de los requisitos para tomar parte en la misma.
Cuarta.– Admisión de los aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Presidente aprobará mediante Resolución las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, concediéndose un plazo de 10 días naturales para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores. Esta lista se publicará en el «B.O. de la Provincia» y en el Tablón de Anuncios.
Terminado el plazo, la Presidencia dictará nueva resolución, que se hará pública igualmente en el «B.O.P.» y en el Tablón de Anuncios de la Corporación, elevando a definitiva la lista provisional de aspirantes o publicándola nuevamente si hubieran existido modificaciones como consecuencia de reclamaciones. En la misma se concretará además la composición nominal del Tribunal Calificador, y se determinará el lugar, fecha y hora de celebración del examen, debiendo hacerse público en los mismos medios cualquier cambio que se produzca por causas excepcionales.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio, o a petición del interesado.
Las sucesivas publicaciones se harán a través del Tablón de Anuncios de la Corporación.
Quinta.– Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador, estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Un funcionario del Patronato Provincial de Turismo o de la Diputación Provincial designado por el Presidente.
Vocales: Tres funcionarios o personal laboral del Patronato Provincial de Turismo o de la Diputación Provincial pertenecientes al Grupo A según la clasificación del Art. 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007 de 12 de abril.
Secretario: Un funcionario del Servicio de Personal de la Diputación Provincial, que actuará con voz pero sin voto.
El Tribunal quedará integrado además por los suplentes respectivos que habrán de designarse simultáneamente con los titulares del mismo.
La totalidad de los miembros del Tribunal deberá estar en posesión de la titulación académica equivalente a la exigida para la plaza convocada.
El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de tres de sus miembros Titulares o Suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario; las decisiones se adoptarán por mayoría de votos presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto del Presidente.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Presidente de la Corporación cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 28 de la Ley R.J.A.P. y Procedimiento Administrativo Común.
Las actuaciones del Tribunal habrán de ajustarse estrictamente a las Bases de la Convocatoria.
No obstante, el Tribunal resolverá las dudas que surjan en la aplicación de sus normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en las mismas.
El Tribunal podrá solicitar de la autoridad convocante la designación de expertos, en calidad de Asesores, que actuarán con voz pero sin voto.
Sexta.– Selección.
La convocatoria se desarrollará con arreglo a las siguientes pruebas:
A) Fase de Concurso .................... HASTA 10 PUNTOS.
Experiencia.– Por haber desempeñado funciones de dirección y coordinación en el Área de Turismo de Entidades Locales de más de 20.000 habitantes o en Instituciones Públicas dedicadas a la promoción turística por cada año completo trabajado ....................1 punto.
B) Fase de Oposición .................... HASTA 15 PUNTOS.
El Tribunal convocará a los aspirantes para la realización de un examen que comprenderá dos pruebas:
1.– Consistirá en confeccionar por escrito en el plazo máximo de cuatro horas algún proyecto relacionado con las actividades y fines del Patronato Provincial de Turismo en el que –a título de ejemplo– podrán contemplarse el sistema de funcionamiento, las actividades a realizar, la financiación del mismo, etc.
2.– Contestación por escrito en el plazo máximo de una hora de varias cuestiones relacionadas con las siguientes materias: Estatutos del Patronato Provincial de Turismo y Régimen Jurídico de las Diputaciones Provinciales.
Este ejercicio se realizará inmediatamente después de finalizar el ejercicio anterior.
El Tribunal convocará a los aspirantes para la lectura y defensa de los exámenes, puntuándose el primero de los ejercicios hasta un máximo de 10 puntos. Resultará aprobado quien obtenga una calificación mínima de 5 puntos.
El Tribunal determinará con carácter previo el tiempo máximo que podrá dedicar cada opositor a la defensa de su proyecto.
El segundo de los ejercicios se puntuará hasta un máximo de 5 puntos, resultando aprobado quien obtenga una calificación mínima de 2,5 puntos.
Durante la lectura de los exámenes el Tribunal podrá formular al opositor las preguntas que considere de interés.
Séptima.– Calificación total.
Finalizada la fase de oposición el Tribunal hará públicas las calificaciones obtenidas por cada opositor en cada uno de los ejercicios.
Igualmente hará públicas las puntuaciones de la fase de concurso de los candidatos que hayan superado los dos ejercicios de la fase de oposición.
El Tribunal procederá a la suma de las puntuaciones de la fase de concurso, y fase de oposición de los opositores que hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas, declarando aprobado al opositor que obtenga la mayor puntuación.
El número de opositores declarados aprobados no podrá exceder del de plazas convocadas.
Las puntuaciones serán hechas públicas en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
El Tribunal formulará propuesta de contratación bajo la modalidad de contrato de Alta Dirección, en favor del opositor que haya sido declarado aprobado.
Quien resulte contratado, deberá tomar posesión en plazo máximo de treinta días a contar desde el día siguiente a aquél en que se hagan públicas las calificaciones debiendo presentar en este plazo, en la Sección de Personal la siguiente documentación:
– Partida de nacimiento.
– Fotocopia del D.N.I.
– Titulación requerida.
– Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del Servicio del Estado o de la Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
– Declaración de no desempeñar otro puesto en la Administración del Estado ni desarrollar actividades profesionales privadas, salvo las excepciones previstas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Quienes tuviesen la condición de funcionarios, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependa, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
El Patronato Provincial de Turismo, antes de la firma del contrato, podrá someter al candidato que haya resultado aprobado a un reconocimiento médico en orden a determinar la idoneidad del mismo al puesto.
DISPOSICIONES FINALES
1.ª) El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas se presenten en la interpretación de estas bases, rigiéndose en lo no previsto en ellas por el R.D. 896/1991, de 7 de junio y demás disposiciones aplicables, reservándose la facultad de declarar vacante la plaza convocada.
Palencia, 7 de diciembre de 2007.
La Presidenta del Patronato
Provincial de Turismo,
(Decreto Delegación: 30-VIII-2007)
Fdo.: INMACULADA ROJO PRIETO