CONVOCATORIA y bases para proveer, por el sistema de oposición libre, una plaza de Técnico Medio de Gestión, Grupo A2, en el Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda.
La instancia puede obtenerse en el BOCyL de 18 de febrero de 2008
Primera.– Objeto de la Convocatoria.
Aprobada Oferta Pública de Empleo correspondiente al ejercicio del año 2007, por Resolución de Alcaldía de fecha 21-3-2007 y publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia» de fecha 28-3-2007, y en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 112 de fecha 10-5-2007, por la que se precisa convocar una plaza para la provisión en propiedad de la vacante de la plantilla municipal.
Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de una plaza de TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN, Grupo: A2; Clasificación:
Escala de Administración General; Subescala: Gestión; Número de vacantes: 1; Denominación: Técnico de Gestión.
El sistema selectivo elegido es de oposición.
Segundo.– Condiciones de Admisión de Aspirantes.
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
e) Poseer el título de Diplomado o equivalente.
Las personas con discapacidad, que deberán acreditar, serán admitidas a las pruebas selectivas en igualdad de condiciones que el resto de las personas aspirantes, siempre que sus limitaciones no sean incompatibles con el normal desempeño de las funciones o tareas correspondientes a los puestos convocados. Se realizarán las adaptaciones posibles de tiempo y medios en las pruebas selectivas, si las personas interesadas lo señalan en la solicitud de participación.
Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y gozar de ellos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.
Tercero.– Forma y Plazo de Presentación de Instancias.
Las solicitudes para tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las presentes Bases Generales para la plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, y se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En relación con la presentación, habrá que estar a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Las bases íntegras se publicarán en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma» y en el «Boletín Oficial de la Provincia», y en el tablón de anuncios de la Corporación.
La solicitud deberá ir acompañada por:
– Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte.
Cuarto.– Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se señalará un plazo de diez días hábiles para subsanación.
Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ningún tipo de reclamación o rectificación, salvo los casos previstos en el Art. 105.2 de la Ley 30/1992.
La resolución de la Alcaldía en la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, se publicará en la forma indicada para la lista provisional, y en la misma se incluirá la composición del Tribunal Calificador, la indicación del lugar, día y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.
Quinto.– Tribunal Calificador.
– Presidente: Un funcionario público de la Administración.
– Vocales: Tres funcionarios públicos, uno de ellos de la CC.AA. de CyL.
– Secretario: Un funcionario público del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda.
La composición del tribunal calificador será técnica y deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas, ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, y estará facultado para resolver cualquier duda o incidente que pudiera surgir durante el desarrollo de las pruebas y para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las mismas.
Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas en base, exclusivamente, a las cuales, colaborarán con el órgano de selección y actuarán con voz pero sin voto.
Sexta.– Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante el sistema de oposición, que constará de varios ejercicios o pruebas de carácter eliminatorio.
OPOSICIÓN:
El orden de actuación de las personas aspirantes en los ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente, se iniciará alfabéticamente por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra correspondiente, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública en vigor en la fecha que se convoque el ejercicio.
Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal. La no presentación de un aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluido, en consecuencia, del proceso selectivo.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en los Boletines Oficiales. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
PRIMER EJERCICIO: Consistirá en desarrollar, por escrito, en un período máximo de tres horas dos temas de carácter general, uno de cada bloque de materias, elegido entre cuatro propuestos por el Tribunal, dos de cada bloque de materias, relacionados con el Temario pero sin coincidir con ningún epígrafe concreto del mismo. El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. Se valorarán la formación general los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la redacción y la capacidad de síntesis y la aportación personal. El Tribunal podrá formular preguntas durante un tiempo máximo de 15 minutos.
SEGUNDO EJERCICIO: Consistirá en exponer oralmente, durante un tiempo máximo de cincuenta minutos, cuatro temas sacados al azar entre los comprendidos en el Programa del Anexo I a esta convocatoria, dos temas del bloque I y otros dos temas del bloque II. Antes de iniciar la exposición, el aspirante dispondrá de un período máximo de diez minutos para la realización de un esquema o guión de los temas que deba desarrollar.
Finalizada la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre cuestiones relacionadas con los temas desarrollados, por un período máximo de diez minutos.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de la exposición y la capacidad de expresión oral.
TERCER EJERCICIO: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos referidos a las materias del Bloque II del programa que será fijado por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio.
Séptimo.– Calificación de los Ejercicios.
Los ejercicios de la oposición, serán calificados, cada uno de ellos, con un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos. La nota resultante de la fase de oposición, será la nota media de los ejercicios aprobados. El número de puntos que podrán ser otorgados por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez. La calificación de los ejercicios será la media resultante de dividir la suma de los puntos otorgados por cada uno de los miembros del Tribunal presentes entre el número de los mismos, teniendo en cuenta que no se computarán para dicha media aquellas notas que se desvíen de la media de dicho Tribunal, por exceso o por defecto, en más de dos puntos.
Octavo.– Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y Nombramiento.
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas vacantes convocadas.
Dicha relación se elevará al Presidente de la Corporación, que la publicará en el «Boletín Oficial de la Provincia».
En cualquier caso, la posible superación de los ejercicios de que consten las pruebas selectivas no concederá derecho alguno a los aspirantes, ya que la propuesta para el nombramiento en la plaza o plazas convocadas se efectuará en función de la mayor puntuación obtenida en los mismos. Todo ello sin perjuicio de que los aspirantes que hubieran aprobado la fase de oposición o alguna de las fases o pruebas, pasen a formar parte de la Bolsa de Empleo para las plazas a que se refiera la convocatoria, con el fin de garantizar una mayor celeridad en la cobertura temporal de los puestos de trabajo vacantes en la Corporación.
En el caso de que ningún aspirante hubiera superado la totalidad de los ejercicios, el Tribunal declarará desierto el procedimiento selectivo.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publican en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento y en el «Boletín Oficial de la Provincia» el nombramiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, y que son los siguientes:
1.– Fotocopia compulsada del D.N.I. o certificado de nacimiento, expedido por el Registro Civil correspondiente.
2.– Título académico exigido o resguardo del pago de derechos del mismo.
3.– Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el normal ejercicio de sus funciones.
4.– Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
5.– Declaración jurada de no encontrarse incurso en causa de incapacidad específica o incompatibilidad conforme a la normativa vigente.
6.– Elección de puesto de trabajo de destino elegido por orden de prioridad. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo del que dependan, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, un aspirante propuesto no presentara la documentación exigida o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido
incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas selectivas. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que hayan superado las pruebas exigidas. Esta misma propuesta se formulará en caso de desistimiento o renuncia de los seleccionados e incluso nombrados antes de su toma de posesión.
Cumplidos los requisitos precedentes, el Alcalde de este Ayuntamiento efectuará el nombramiento de los aspirantes propuestos, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de la Provincia» de dicho nombramiento. Aquéllos que no tomen posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, no adquirirán la condición de funcionario, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento.
Noveno.– Incidencias.
Contra las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el «Boletín Oficial
de la Provincia» (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Arroyo de la Encomienda, 12 de febrero de 2008.
El Alcalde,
Fdo.: JOSÉ MANUEL MÉNDEZ FREIJO
ANEXO I
TEMARIO
BLOQUE I
MATERIAS JURÍDICAS
Tema 1.– La Constitución Española de 1978: estructura y características. Valores y principios inspiradores del régimen Constitucional. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2.– El poder legislativo. Las Cortes Generales: Composición, elección y disolución. Atribuciones y funcionamiento. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.
Tema 3.– El ordenamiento jurídico-administrativo (I): el derecho comunitario. La Constitución. La Ley. Sus clases. Los Tratados Internacionales.
Tema 4.– El ordenamiento jurídico-administrativo (II). El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria.
Tema 5.– El Poder Ejecutivo. El Gobierno en el sistema constitucional español. El Presidente del Gobierno. Las funciones del Presidente del Gobierno. El Gobierno: composición y funciones. Relaciones con las Cortes Generales.
Tema 6.– El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. La organización de la Administración de Justicia en España. Órdenes jurisdiccionales, clases de órganos jurisdiccionales y sus funciones.
Tema 7.– La Organización Territorial del Estado Español. El Estado de las Autonomías: principios y características. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas. El Estatuto de autonomía de Castilla y León
Tema 8.– Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos autonómicos. Leyes estatales y autonómicas. Legislación básica, bases, legislación y ejecución.
Tema 9.– La Unión Europea: origen y evolución. Instituciones comunitarias, organización y competencias.
Tema 10.– La Administración Local: entidades que la integran. El marco competencial de las Entidades Locales.
Tema 11.– La Carta Europea de Autonomía Local: Contenido. Especial referencia a los aspectos económicos y financieros de la Carta. Su posición y significación en el ordenamiento jurídico español.
Tema 12.– Los conceptos de Administración Pública y Derecho Administrativo. El sometimiento de la Administración al Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas.
Tema 13.– El administrado: Concepto y clases. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Las situaciones jurídicas del administrado, derechos subjetivos e intereses legítimos.
Tema 14.– El acto administrativo: Concepto, Clases, Elementos. Requisitos. Eficacia e Invalidez del acto administrativo. Nulidad y anulabilidad. Conversión, conservación y consolidación.
Tema 15 .– El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. Fases del procedimiento. El silencio administrativo. La caducidad.
Tema 16.– Procedimientos de revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Recursos administrativos.
Tema 17.– La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes. Legitimación. El objeto del recurso contencioso-administrativo.
Tema 18.– La potestad sancionadora. Concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. El procedimiento sancionador y sus garantías. Medidas sancionadoras administrativas.
Tema 19.– La coacción administrativa: El principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: Sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.
Tema 20.– Régimen jurídico de los contratos de las Administraciones Públicas. La Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación. Delimitación de los tipos contractuales.
Tema 21.– Normas especiales para contratos de obra, concesión de obra pública, gestión de servicios públicos, suministros, servicios y de colaboración entre el sector público y el sector privado.
Tema 22.– La responsabilidad de las Administraciones Públicas. Régimen vigente y procedimiento de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 23.– Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local.
Tema 24.– La potestad reglamentaria de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Los Bandos.
Tema 25.– El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. El Padrón de habitantes. El Estatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.
Tema 26.– La organización municipal. Órganos necesarios en los Municipios de Régimen Común: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno. Órganos complementarios: Comisiones Informativas y otros órganos. Los grupos políticos. La participación vecinal en la gestión municipal.
Tema 27.– Las competencias municipales: sistema de determinación. Competencias propias, compartidas y delegadas. Los servicios mínimos. La reserva de servicios.
Tema 28.– La provincia como entidad local. Organización y competencias. La cooperación municipal. Otras Entidades Locales.
Tema 29.– El sistema electoral local. Causas de inelegibilidad e incompatibilidad. Elección de los Concejales y Alcaldes. Elección de Diputados Provinciales y Presidentes. El Estatuto de los miembros electivos de las Corporaciones locales.
Tema 30.– Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones, notificaciones y publicación de los acuerdos. El Registro de documentos.
Tema 31.– Singularidades del procedimiento administrativo de las Entidades Locales. La revisión y revocación de los actos de los entes locales. Tramitación de expedientes. Los interesados. Abstenciones y recusaciones. Recursos administrativos y jurisdiccionales contra los actos locales.
Tema 32.– Las relaciones interadministrativas. Principios. Colaboración, cooperación y coordinación. La sustitución y la disolución de Corporaciones Locales. Impugnación de los actos y acuerdos locales y ejercicio de acciones.
Tema 33.– El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los empleados públicos. El personal al servicio de las Corporaciones Locales: Clases y régimen jurídico. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Derechos, deberes y situaciones administrativas.
Tema 34.– Las formas de actividad de las entidades locales. La intervención administrativa local en la actividad privada. Las licencias y autorizaciones administrativas: sus clases. La actividad de fomento en la esfera local.
Tema 35.– La iniciativa pública económica de las Entidades Locales y la reserva de servicios. El servicio público en las entidades locales. Los modos de gestión. Especial referencia a la concesión de servicios y a la empresa pública local. El consorcio.
Tema 36.– Los bienes de las entidades locales. Clases. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. Prerrogativas y potestades de las entidades locales en relación con sus bienes. Los bienes comunales. El inventario. Los montes vecinales en mano común.
Tema 37.– Régimen urbanístico del suelo. Planeamiento territorial y urbanístico. Planes de ordenación: clases y régimen jurídico. Aspectos financieros, presupuestarios y contables del urbanismo. Contribuciones especiales y Cuotas de urbanización. Las áreas de reserva. Convenios urbanísticos.
Tema 38.– Ordenación del Territorio de Castilla y León. Principios y Objetivos. Régimen de competencias. Instrumentos de Ordenación del Territorio. El Urbanismo en Castilla y León. Régimen del suelo. Derechos y Deberes de los propietarios. Clases y categorías de suelo.
Tema 39.– Gestión Urbanística. Formas de obtención de los sistemas generales y de las demás dotaciones urbanísticas. Gastos de urbanización.
BLOQUE II
MATERIAS FINANCIERAS, TRIBUTARIAS YPRESUPUESTARIAS
Tema 1.– La Hacienda Local en la Constitución. El régimen jurídico de las Haciendas locales: criterios inspiradores del sistema de recursos y principios presupuestarios.
Tema 2.– La tesorería de las Entidades Locales. Régimen jurídico. El principio de unidad de caja. La planificación financiera. El plan de tesorería y el plan de disposición fondos.
Tema 3.– Los recursos de la hacienda Municipal: Los tributos locales: imposición y ordenación. Otros ingresos de derecho público y de derecho privado.
Tema 4.– La gestión y liquidación de recursos. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión dictados en materia de Haciendas Locales. La devolución de ingresos indebidos. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.
Tema 5.– Régimen jurídico de la recaudación de las Entidades Locales. El pago y otras formas de extinción de las deudas. El procedimiento de recaudación en período voluntario. El procedimiento de recaudación vía de apremio.
Tema 6.– El Impuesto sobre bienes inmuebles. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones y bonificaciones. Base imponible: el valor catastral. Base liquidable. Cuota, devengo y período impositivo. Gestión catastral y gestión tributaria.
Tema 7.– El Impuesto sobre actividades económicas. Naturaleza. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Cuota: las tarifas. Devengo y período impositivo. Gestión censal y gestión tributaria. El recargo provincial. El impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
Tema 8.– El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. El impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Tema 9.– Las tasas. Los precios públicos. Las contribuciones especiales.
Tema 10.– La participación de los municipios y de las provincias en los tributos del Estado. Regímenes especiales. La cooperación económica del Estado y de las Comunidades Autónomas a las inversiones de las Entidades Locales. El Pacto Local en Castilla y León.
Tema 11.– El crédito local. Naturaleza jurídica. Finalidad y duración. Competencia. Límites y requisitos para la concertación de operaciones de crédito. La Ley General de Estabilidad Presupuestaria y el reglamento para las Corporaciones locales.
Tema 12.– El Presupuesto General de las Entidades Locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación: especial referencia a las Bases de ejecución del Presupuesto. La prórroga del Presupuesto. Las modificaciones de crédito: concepto, clases y tramitación.
Tema 13.– La ejecución del presupuesto de gastos e ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La liquidación del Presupuesto. Los remanentes de crédito.
Tema 14.– Procedimiento general de ejecución del gasto público: Aprobación del gasto. Compromiso de gasto. Reconocimiento de la obligación y propuesta de pago. Extinción de las obligaciones a cargo de la Hacienda Pública.
Tema 15.– Gestión de gastos de personal. Retribuciones de los empleados públicos. La gestión de gastos contractuales. El reconocimiento de la obligación. Justificación. La extinción de la obligación contractual. Las obligaciones de ejercicios futuros.
Tema 16.– La gestión de gastos de transferencias. La Ley 38/2003 General de Subvenciones. Concepto, naturaleza y clasificación de las subvenciones. El procedimiento de concesión y pago. Justificación. Reintegro. La gestión de otros gastos de transferencias.
Tema 17.– El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.
Tema 18.– Los sistemas del control de la actividad económico financiera del Sector público local (I). El control interno. Clases de control y ámbito de aplicación del control. El control previo de legalidad. Concepto, regulación y principios generales. Control previo de legalidad de gastos y pagos. Diferentes momentos de ejercicio. La omisión de la intervención.
Tema 19.– Los sistemas del control de la actividad económico financiera del Sector público local (II). El control financiero. Concepto. Regulación y principios generales. Clases de control financiero. El trabajo de control. Los informes de control: clases y efectos.
Tema 20.– Los controles de eficiencia y eficacia. Indicadores de gestión financiera, económica y presupuestaria. Indicadores de gestión en los distintos Grupos de Función de la estructura funcional del Presupuesto Municipal.
Tema 21.– El control externo de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. Las funciones fiscalizadora y jurisdiccional. El Tribunal de Cuentas del Reino y el Consejo de Cuentas de Castilla y León.
Tema 22.– El sistema de contabilidad de la Administración Local. Principios generales. Fines de la contabilidad. La Instrucción de Contabilidad para la Administración Local: estructura y contenido. Documentos contables. Libros de contabilidad. El Resultado presupuestario. El Remanente de Tesorería.
Tema 23.– Principios generales del modelo normal de contabilidad local. La Contabilidad de las Operaciones del Presupuesto de Gastos.
Tema 24.– La Contabilidad de las Operaciones del Presupuesto de Ingresos.
Tema 25.– La Contabilidad de las Operaciones No Presupuestarias.
Tema 26.– La Contabilidad del Inmovilizado.
Tema 27.– La contabilidad de los proyectos de gasto y gastos con financiación afectada.
Tema 28.– La Contabilidad del Endeudamiento.
Tema 29.– Las Operaciones de inicio y Fin de Ejercicio.
Tema 30.– La Cuenta General de las Entidades Locales. Los estados y cuentas anuales y anexos de la Entidad Local y sus Organismos Autónomos: contenido y justificación. Las cuentas de las sociedades mercantiles. Tramitación de la Cuenta General. Otra información a suministrar al Pleno, a los órganos de gestión y a otras Administraciones Públicas.
Tema 31.– Capitalización simple. Capitalización compuesta. El cálculo de la TIR y el VAN de una inversión.
Tema 32.– Concepto de renta. Clasificación de las rentas. Valor capital o financiero de una renta. Rentas variables. Renta continua. Rentas constantes. Rentas perpetuas.
Tema 33.– Préstamos: Amortización de préstamos mediante un solo pago. Amortización de préstamos mediante una renta. Cálculo de los tantos efectivos en los préstamos. Préstamos con períodos de carencia. Préstamos a interés variable con un tanto de referencia. Préstamos con el pago fraccionado de los intereses.