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Miércoles, 13 de Febrero de 2008 (205 lecturas) 

Segovia: Plaza de Técnico Medio de Consumo, promoción interna

CONVOCATORIA de concurso-oposición para provisión en propiedad, mediante promoción interna, de una plaza de Técnico Medio de Consumo en la Diputación de Segovia.

BASES
(Aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión de 29 de enero de 2008)
Primera.– Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de Concurso-Oposición, de una plaza de Técnico Medio de Consumo, incluida en la Oferta de Empleo de la Corporación para 2007, mediante promoción interna entre funcionarios de esta Diputación que reúnan los requisitos de la Base Tercera de la Convocatoria.
1.2. La plaza objeto de esta Convocatoria podrá ser incrementada, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.
Segunda.– Características de la plaza.
2.1. La plaza convocada está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo y Subgrupo A2 de los establecidos en el Art. 76 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, equivalente al Grupo B de los que establecía el Art. 25 de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.
2.2. El aspirante que resulte nombrado para ocupar la plaza convocada quedará sometido al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
2.3. El aspirante nombrado prestará sus servicios en la Oficina de Información al Consumidor de esta Corporación, ubicada en el Departamento de Acción Social del Área de Asuntos Sociales y Deportes.
Tercera.– Requisitos que deben reunir los aspirantes.
3.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
a) Ser funcionario de carrera de la Diputación de Segovia, ocupar en la actualidad plaza del Grupo C, Subgrupo C1 de los establecidos en el Art. 76 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, equivalente al Grupo C de los que establecía el Art. 25 de la Ley 30/1984 de 2 de agosto; y contar con, al menos dos años de servicios en propiedad en dicha plaza.
b) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de invocar un Título equivalente al exigido, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia expedido por el Órgano competente en materia de Educación.
c) Estar en posesión del Permiso de Conducción B y tener a su disposición un vehículo, ya que el desarrollo del trabajo implicará la realización de desplazamientos a Municipios de la Provincia de Segovia.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.
e) Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
f) Ingresar a favor de la Excma. Diputación Provincial de Segovia dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 12,00 euros en concepto de derechos de examen. Dicho importe deberá hacerse efectivo, mediante transferencia bancaria a la Entidad de «CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE SEGOVIA», Oficina Principal, Cuenta n.º 2069/0001/91/0001092871, con indicación a las pruebas a que se refiere. Esta cantidad, solamente será devuelta en el caso de no ser admitido el aspirante a las pruebas por falta de los requisitos exigidos para tomar en la Convocatoria.
El interesado deberá presentar junto con la instancia, el correspondiente resguardo acreditativo de haber abonado el importe de los Derechos de Examen expedido por la oficina de la Caja de Ahorros y M.P. de Segovia o Entidad bancaria a través de cual se haya efectuado el ingreso.
3.2. No obstante, y por analogía con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre estarán exentos del pago de los derechos de examen los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En este caso los aspirantes deberán presentar junto con la instancia de solicitud para tomar parte en las pruebas, certificado de minusvalía expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente.
3.3. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.
3.4. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa de los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en esta Base, a excepción del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen o en
su defecto el documento que acredita estar incurso en causa de exención de pago, y en su caso de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen.
Cuarta.– Presentación de solicitudes.
4.1. FORMA.
Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán formularse en el modelo oficial que a tal efecto se facilitará en el Servicio de Personal de la Secretaría General, haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria. A las solicitudes se acompañará el resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, y en su caso, de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen.
4.2. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Dichas solicitudes se presentarán en el Registro General de la Corporación, durante el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»; también podrán presentarse las solicitudes en cualquiera de las formas que se determinan en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico para las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinta.– Admisión de aspirantes.
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
5.2. En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del Tribunal Calificador y el orden de actuación de los aspirantes, de lo cual se dará publicidad en el «Boletín Oficial de la Provincia».
5.3. Los aspirantes excluidos podrán interponer el Recurso Administrativo de Reposición ante la Presidencia de la Corporación, con carácter potestativo en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la notificación de su exclusión, o bien el Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la recepción de la notificación de su exclusión. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en los términos previstos en el Art. 71 de la Ley 30/1992.
Sexta.– Tribunal Calificador.
6.1. COMPOSICIÓN.
La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:
Presidente: El Jefe del Servicio de Cultura y Bienestar Social. Vocales:
– Un vocal designado a propuesta de la Delegación Territorial de Castilla y León de Segovia.
– La Jefa del Departamento de Acción Social.
– Tres funcionarios de carrera de la Corporación designados por la Presidencia.
Secretario: El Secretario General de la Corporación o funcionario en quien delegue.
6.2. DESIGNACIÓN DE SUPLENTES Y ASESORES ESPECIALISTAS, Y ASISTENCIA DE COLABORADORES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente uno o varios Asesores Especialistas para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colaboradores técnicos o administrativos del Tribunal durante el proceso selectivo.
6.3. PUBLICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN NOMINAL.
La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia», simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.
6.4. ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 28 de la Ley 30/1992 o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la respectiva plaza o Subescala en los cinco años anteriores a esta Convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el Art. 29 de la misma Ley 30/1992.
6.5. FORMADE CONSTITUCIÓN Y FACULTADES DEL TRIBUNAL.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.
Séptima.– Pruebas selectivas.
7.1. FASE DE OPOSICIÓN.
La Fase de Oposición constará de dos ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes:
Primer Ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de diez preguntas relacionadas con los temas que integran las dos partes del Programa de esta Convocatoria.
Segundo Ejercicio.– Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios o pruebas prácticas relacionados con las funciones a desempeñar en la plaza convocada. Para la realización de este ejercicio, los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales y colecciones legislativas de que acudan provistos, no admitiéndose manuales o apuntes.
Durante el desarrollo de los ejercicios, se garantizará el anonimato de los aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad.
7.2. FASE DE CONCURSO.
7.2.1. BAREMO DE MÉRITOS.
Consistirá en la apreciación de los siguientes méritos, que deberán ser justificados por los aspirantes antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
a) Por trabajo desarrollado en Administraciones Públicas, en calidad de funcionario de carrera o interino, o contratado laboral fijo o temporal, en tareas de asesoramiento, protección y defensa de los consumidores y usuarios, 0,50 puntos por año de servicio. La suma de las puntuaciones otorgadas en este apartado no podrá superar 5 puntos.
b) Por antigüedad dentro del Grupo de Clasificación C, Subgrupo C1 o superior de los establecidos en el Art. 76 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, o Grupo C o superior de los que establecía el Art. 25 de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, 0,30 puntos por año de servicios. La suma de las puntuaciones otorgadas en este apartado no podrá superar 5 puntos. Dentro de los apartados a) y b) del baremo, se incluyen los servicios prestados como funcionario de carrera en la Diputación Provincial de Segovia, y los servicios prestados tanto en la Diputación como en cualquier otra Administración Pública en dicha categoría profesional y especialidad, como funcionario de carrera, funcionario interino o personal laboral fijo o contratado temporal, con carácter previo al ingreso en la Plantilla de la Diputación Provincial de Segovia, siempre que hayan sido expresamente reconocidos por esta Corporación.
En los apartados a) y b), las fracciones de tiempo de servicios prestados inferiores a un año se computarán con la parte proporcional correspondiente.
c) Por haber superado algún ejercicio de pruebas selectivas convocadas por cualquier Administración Pública para provisión en propiedad como funcionario de carrera de plazas del Grupo A (Subgrupos A1 o A2) de los establecidos en el Art. 76 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, o de los Grupos Ao B que establecía el Art. 25 de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, o para contratación como personal laboral fijo en puestos de categoría profesional asimilada a dichos grupos, siempre que las referidas plazas o puestos tengan asignadas funciones o tareas relacionadas con el asesoramiento, protección y defensa de los consumidores y usuarios, 0,50 puntos por cada ejercicio superado, hasta un máximo de 1,50 puntos.
d) Por asistencia a jornadas y cursos, y diplomas obtenidos siempre que estén directamente relacionados con las funciones a desempeñar, hasta un máximo total de 2 puntos, según la siguiente Escala:
– Cursos de hasta 20 horas lectivas de duración o cuya duración no conste expresamente en el Diploma o certificado de asistencia al curso, 0,10 puntos cada uno.
– Cursos de 21 a 40 horas lectivas, 0,20 puntos cada uno.
– Cursos de 41 a 60 horas lectivas, 0,30 puntos cada uno.
– Cursos de 61 a 80 horas lectivas, 0,40 puntos cada uno.
– Cursos de más de 80 horas lectivas, 0,50 puntos cada uno.
Asimismo, aquellos cursos a los que el aspirante haya asistido en calidad de profesor o ponente, se valorarán con arreglo al grado inmediatamente superior de la escala anterior que corresponda según el número de horas lectivas, sin que supere en ningún caso el máximo de 0,50 puntos.
e) Por estar en posesión de otras titulaciones académicas distintas de la exigida, relacionadas con las funciones a desempeñar, hasta un máximo de 1,50 puntos, a juicio del Tribunal Calificador, en atención al nivel de titulación exigida y al grado de relación que guarde con las funciones a desempeñar.
La calificación de esta Fase de Concurso se realizará otorgando a cada aspirante una puntuación, según el Baremo establecido. Las puntuaciones totales otorgadas a los aspirantes en concepto de valoración de méritos, serán hechas públicas en el Tablón de Edictos de la Corporación, con anterioridad o simultáneamente a la publicación de las calificaciones del primer ejercicio, pudiendo el Tribunal excluir de la valoración, por razones de celeridad y economía procedimental a aquellos aspirantes que no comparezcan a la práctica de dicho primer ejercicio.
7.2.2. ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS.
Los méritos alegados por los aspirantes deberán ser justificados documentalmente por los mismos junto con la instancia solicitando tomar parte en las pruebas en la forma que se indica a continuación:
1.– La prestación de servicios en la Administración Pública (apartado a), la antigüedad (apartado b) y la superación de pruebas selectivas (apartado c) se acreditarán mediante certificado de la Entidad correspondiente, pudiendo no obstante el Tribunal Calificador, recabar en cualquier momento la información obrante en los expedientes personales de los interesados, para resolver las dudas que se susciten al respecto.
2.– La asistencia a cursos (apartado d) se acreditará mediante fotocopia del diploma correspondiente o certificado de asistencia expedido por la Entidad que lo haya impartido, con indicación del número de horas lectivas del curso y fechas o período de celebración.
3.– La posesión de titulaciones académicas distintas de la exigida (apartado e) se acreditará mediante copia del título, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
Dichos documentos se presentarán mediante fotocopias acompañadas por el original, a fin de que sean cotejadas y compulsadas por el funcionario encargado del Registro General. También podrán presentarse mediante fotocopias ya compulsadas por cualquier otro Órgano de la Administración Pública.
Octava.– Calificación de los ejercicios.
8.1. Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos.
8.2. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
8.3. Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.
8.4. El orden de calificación definitiva de la Fase de Oposición estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
Novena.– Calificación total y definitiva de los aspirantes.
9.1. La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios y la otorgada en la Fase de Concurso.
9.2. En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Fase de Oposición.
Décima.– Programa que ha de regir en la convocatoria. El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.
Undécima.– Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
11.1. COMIENZO.
Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
11.2. PUBLICACIÓN DE LA FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN.
La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el «Boletín Oficial de esta Provincia» al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.
11.3. LLAMAMIENTO DE LOS ASPIRANTES.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
11.4. ORDEN DE ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «T», según el resultado del sorteo unitario celebrado el día 7 de febrero de 2007.
11.5. PUBLICACIÓN DE CALIFICACIONES Y ANUNCIOS SOBRE CELEBRACIÓN DE LOS SUCESIVOS EJERCICIOS.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el «Boletín Oficial de la Provincia». No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Duodécima.– Relación de aprobados.
Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, a efectos de su nombramiento a favor de aquéllos que hubieran obtenido la mayor puntuación total. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
Decimotercera.– Presentación de documentos.
13.1. El aspirante propuesto presentará en el Servicio de Personal de la Excma. Diputación Provincial, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la relación a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
a) Certificado de la Secretaría General de la Diputación acreditativo de la condición de funcionario de carrera del Grupo C, Subgrupo C1 o antiguo Grupo C.
b) Fotocopia del Título exigido acompañada del original para su cotejo, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición, y fotocopia del Permiso de Conducción exigido y del permiso de circulación del vehículo que vaya a utilizar en sus desplazamientos oficiales por necesidades del Servicio.
13.2. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase su documentación no podrá ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien o quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que haya superado las pruebas exigidas.
Decimocuarta.– Toma de posesión.
14.1. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el interesado deberá tomar posesión de su cargo, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
14.2. Si no tomase posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedará en situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.
Decimoquinta.– Impugnación de la Convocatoria.
15.1. La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación
vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
15.2. El sólo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.
Decimosexta.– Legislación supletoria.
Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en aquello que continúe vigente de acuerdo con el referido Estatuto Básico, Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes.
Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
Segovia, 30 de enero de 2008.
El Presidente Acctal.,
Fdo.: MIGUEL ÁNGEL DE VICENTE MARTÍN
El Secretario General,
Fdo.: LUIS PEINADO DE GRACIA
ANEXO
PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA CONVOCATORIA PARA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA, DE UNA PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE CONSUMO
Parte Primera.– Constitución Española, Organización del Estado, Derecho Administrativo y Administración Local
Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.
Tema 2.– El Gobierno y la Administración del Estado. Principios de actuación de las Administraciones Públicas.
Tema 3.– Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Régimen de competencias. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Estructura y contenido. Alcance y contenido de la reforma del Estatuto efectuada por Ley Orgánica 14/2007 de 30 de noviembre. Organización de la Comunidad. Régimen de competencias. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.
Tema 4.– La relación jurídico-administrativa. Participación y colaboración de los ciudadanos en las funciones administrativas. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración.
Tema 5.– El acto administrativo. Concepto. Requisitos. Eficacia. Clases de actos administrativos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 6.– La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación y revisión de oficio de los actos administrativos. Rectificación de errores materiales.
Tema 7.– El Procedimiento administrativo. Principios generales. Normas reguladoras. Interesados en el procedimiento. Términos y plazos. Recepción y registro de documentos. Fases del procedimiento administrativo
común.
Tema 8.– El Régimen Local Español. Principios constitucionales. La Provincia en el Régimen Local Español. Competencias de las Diputaciones Provinciales de régimen común. Los Órganos de Gobierno Provinciales: Composición, elección y atribuciones.
Tema 9.– La Función Pública Local y su organización. Regulación legal. El Estatuto Básico del Empleado Público de 12 de abril de 2007. La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Las Escalas de Funcionarios que integran la Administración Local: Funciones de cada una de ellas.
Tema 10.– Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Régimen de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios públicos: regulación legal aplicable. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Situaciones Administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.
Tema 11.– Los bienes de las Entidades Locales. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. La Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas de 2003: Contenido y preceptos básicos de aplicación general a las Corporaciones Locales.
Tema 12.– Los contratos administrativos locales. La Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público: Estructura y ámbito de aplicación. Principios de contratación administrativa. Elementos de los contratos. El expediente de contratación. La selección del contratista. Clases de contratos administrativos.
Parte Segunda.– Técnico-Profesional
Tema 13.– Los derechos básicos de los consumidores y usuarios recogidos en el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Tema 14.– La Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de Castilla y León. Estructura y contenido con especial referencia a los derechos reconocidos.
Tema 15.– La Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios. Principales novedades.
Tema 16.– El servicio universal de telefonía. Obligaciones del operador y derechos de los usuarios.
Tema 17.– El Sistema Arbitral de Consumo. Finalidad. Características. Exclusiones del Sistema Arbitral.
Tema 18.– Las Juntas Arbitrales de Consumo. Creación. Composición. Funciones.
Tema 19.– La oferta pública de sometimiento al Sistema Arbitral. La formalización del convenio.
Tema 20.– El procedimiento arbitral de consumo. Composición del Colegio Arbitral. Los Árbitros. La audiencia y pruebas periciales.
Tema 21.– El contenido del laudo arbitral. Efectos. La corrección, aclaración y complemento del laudo arbitral. Anulación y revisión. La ejecución forzosa.
Tema 22.– El Centro Europeo de Atención al Consumidor. Funciones y procedimiento de reclamaciones.
Tema 23.– Las Hojas de Reclamaciones: Regulación legal y tramitación administrativa.
Tema 24.– La Inspección de Consumo en Castilla y León. Funciones y atribuciones del inspector: El carácter de autoridad. Obligaciones del administrado.
Tema 25.– Las actas de inspección. Requisitos y características. Valor legal.
Tema 26.– Las Oficinas de Información al Consumidor. Competencias de las Entidades Locales en materia de información al consumidor, con especial referencia a la Diputación de Segovia.
Tema 27.– Las condiciones generales de la contratación: Los conceptos de condición general y cláusula abusiva. El Registro de condiciones generales de la contratación.
Tema 28.– El derecho de los consumidores y usuarios al presupuesto previo de los servicios que se les oferten.
Tema 29.– Regulación legal de los resguardos de depósito en la prestación de servicios a los consumidores.
Tema 30.– Garantías y servicios posventa en los productos de consumo. La garantía comercial.
Tema 31.– Los contratos con los consumidores y usuarios: Ámbito de aplicación, información previa, formalidades para el ejercicio del derecho de desistimiento y efectos.
Tema 32.– Los contratos celebrados a distancia: Características, excepciones, información precontractual y ejecución del contrato.
Tema 33.– Los contratos celebrados fuera de los establecimientos mercantiles: Ámbito de aplicación. Contratos excluidos. La carga de la prueba.
Tema 34.– La ordenación del comercio minorista. Actividades de promoción de ventas: en rebajas, en promoción, en liquidación, de saldos, con obsequio y ofertas de venta directa.
Tema 35.– Regulación y características de la venta automática, ambulante y en pública subasta.
Tema 36.– La información como derecho básico de los consumidores. Indicación de precios en bienes y servicios. Normativa aplicable.
Tema 37.– Régimen jurídico de la publicidad. La publicidad ilícita y publicidad engañosa.
Tema 38.– La publicidad comparativa, desleal y subliminal. Características.
Tema 39.– El procedimiento de resolución de reclamaciones por controversias entre usuarios finales y operadores de servicios de comunicaciones electrónicas y la atención al cliente por los operadores.
Tema 40.– La información al consumidor en la compra-venta y arrendamiento de viviendas. La percepción de cantidades anticipadas durante la construcción y venta de viviendas.
Tema 41.– Regulación legal de los derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico: ámbito de aplicación, contenido mínimo de los contratos, desistimiento y resolución.
Tema 42.– La compraventa de turismos, motocicletas y ciclomotores en Castilla y León. Normativa reguladora. Ámbito de aplicación, información al comprador, garantías.
Tema 43.– Los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes. Derechos de los usuarios: Información, presupuestos, piezas, facturas, garantías y reclamaciones. Normativa reguladora. Tema 44.– El servicio de grúas de vehículos automóviles. Normativa reguladora en Castilla y León. Información al usuario: el presupuesto y la factura.
Tema 45.– La protección de los derechos del consumidor en el servicio de reparación de aparatos de uso doméstico. Derechos, ámbito de aplicación, presupuesto, piezas, facturas, garantías y reclamaciones. Regulación legal.
Tema 46.– La prestación de servicios a domicilio en Castilla y León. Normativa aplicable. Ámbito de aplicación, gastos por desplazamiento, información al consumidor.
Tema 47.– Las ofertas a domicilio en la prestación de servicios y los servicios de mantenimiento.
Tema 48.– Régimen regulador de los servicios de limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos. Ámbito de aplicación, información al usuario y reclamaciones.
Tema 49.– Los viajes combinados. Ámbito de aplicación. Información precontractual; el programa, la oferta y su carácter vinculante. Derechos del consumidor y usuario.
Tema 50.– La formalización del contrato en los viajes combinados. Revisión de precios, resolución y responsabilidades.
Tema 51.– Los servicios funerarios en Castilla y León y su regulación legal: Ámbito de aplicación, oferta y publicidad, información al público y el derecho a presupuesto.
Tema 52.– El derecho a la información y los derechos económicos de los usuarios de centros privados en los que se imparten enseñanzas no regladas.
Tema 53.– La protección de los derechos del consumidor en los servicios de suministro de gasolinas y gasóleos de automoción en instalaciones de venta al público.
Tema 54.– La responsabilidad civil por bienes o servicios defectuosos: Ámbito de protección, responsabilidad solidaria, causas de exoneración.
Tema 55.– Vías de solución de conflictos por los organismos encargados de la protección de los consumidores y usuarios: Especial referencia a la mediación y conciliación.
Tema 56.– La atención al ciudadano en el Servicio de Consumo de la Diputación de Segovia. Recepción y tramitación de quejas, reclamaciones y denuncias.
Tema 57.– Normativa legal aplicable en la contratación telefónica o electrónica con condiciones generales. Información previa, el derecho de resolución y la carga de la prueba.
Tema 58.– La venta a plazos de bienes muebles. Definición, exclusiones, forma y eficacia del contrato.
Tema 59.– El distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Requisitos de los códigos de conducta y compromisos adquiridos.
Tema 60.– Naturaleza y funciones del Consejo de Consumidores y Usuarios.

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