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Admón. Local - Ofertas de empleo
Miércoles, 13 de Febrero de 2008 (203 lecturas) 

Segovia: Plaza de Secretario/a de Órganos de Gobierno

CONVOCATORIA de Oposición libre para provisión en propiedad de una plaza de Secretario/a de Órganos de Gobierno, en la Diputación de Segovia.

BASES (Aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión de 29 de enero de 2008)
Primera.– Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como funcionario de carrera, mediante Oposición libre, de una plaza de Secretario/a de Órganos de Gobierno, incluida en la Oferta de Empleo de la Corporación para el año 2003.
1.2. La plaza objeto de esta Convocatoria podrá ser incrementada, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.
Segunda.– Características de la plaza.
2.1. La plaza convocada está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo y Subgrupo de Clasificación «C1», de los en el Art. 76 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, equivalente al Grupo «C» de los que establecía el Art. 25 de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.
2.2. El aspirante que resulte nombrado para ocupar la plaza convocada quedará sometido al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
2.3. El aspirante nombrado prestará sus servicios en el Departamento de Presidencia y Órganos de Gobierno de la Diputación.
Tercera.– Requisitos que deben reunir los aspirantes.
3.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o cumplir lo establecido en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Tener cumplidos los 16 años de edad.
c) Estar en posesión de la titulación académica de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente, o en condiciones de obtenerla en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de invocar un Título equivalente al exigido, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia expedido por el Órgano estatal o autonómico competente en materia de Educación.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la Legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Ingresar a favor de la Excma. Diputación Provincial de Segovia, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 9,60 euros en concepto de derechos de examen, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 8/1989 de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, según redacción dada por el Art. 18 de la Ley 66/1997 de 30 de diciembre. Dicho importe deberá hacerse efectivo, mediante transferencia bancaria a la Entidad de «CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE SEGOVIA», Oficina Principal, Cuenta n.º 2069/0001/91/0001092871, con indicación a las pruebas a que se refiere. Esta cantidad, solamente será devuelta en el caso de no ser admitido el aspirante a las pruebas por falta de los requisitos exigidos para tomar en la Convocatoria. El interesado deberá presentar junto con la instancia, el correspondiente resguardo acreditativo de haber abonado el importe de los Derechos de Examen expedido por la Oficina de la Caja de Ahorros y M.P. de Segovia o Entidad Bancaria a través del cual se haya efectuado el ingreso.
3.2. No obstante, y por analogía con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%. En este caso los aspirantes deberán presentar junto con la instancia de solicitud para tomar parte en las pruebas, el certificado de minusvalía expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre que en dicho plazo no hayan rechazado oferta de empleo adecuada, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,al salario mínimo interprofesional. Los aspirantes incursos en alguna de estas situaciones deberán aportar certificado expedido por la Oficina de los Servicios Público de Empleo, en el que figuren todos los datos señalados, así como declaración jurada de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
3.3. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.
3.4. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa de los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en esta Base, a excepción del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, o en su caso, de la documentación acreditativa de estar incurso en alguna de las causas de exención que se establecen en el punto 3.2 de esta Base.
Cuarta.– Presentación de solicitudes.
4.1. FORMA.
Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán formularse en el modelo oficial que a tal efecto se facilitará en el Servicio de Personal de la Secretaría General, haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria. Alas solicitudes se acompañará la Memoria a que hace referencia la Base Séptima de esta Convocatoria y el resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, o en su caso de la documentación acreditativa de estar incurso en alguna de las causas de exención que se establecen en la Base Tercera de la Convocatoria.
4.2. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Dichas solicitudes se presentarán en el Registro General de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»; también podrán presentarse las solicitudes en la forma que se determina en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico para las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinta.– Admisión de aspirantes.
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
5.2. En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del Tribunal Calificador y el orden de actuación de los aspirantes, de lo cual se dará publicidad en el «Boletín Oficial de la Provincia de Segovia».
5.3. Los aspirantes excluidos podrán interponer, con carácter potestativo el Recurso Administrativo de Reposición en el plazo máximo de un mes a contar desde la notificación de su exclusión provisional, o el Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo máximo de dos meses, a partir de la recepción de la notificación de su exclusión o a partir de la recepción de la resolución desestimatoria del Recurso de Reposición.
Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en los términos previstos en el Art. 71 de la Ley 30/1992.
Sexta.– Tribunal Calificador.
6.1. COMPOSICIÓN.
La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:
Presidente: El Jefe del Servicio de Personal y Régimen Interior de la Corporación o funcionario en quien delegue.
Vocales:
– Un vocal designado a propuesta de la Delegación Territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
– El Jefe del Servicio de Cultura y Bienestar Social de la Corporación.
– El Jefe del Servicio de Gobierno, Fomento, Patrimonio y Asuntos Generales de la Secretaría General de la Corporación.
– Dos funcionarios de carrera de la Corporación designados por la Presidencia.
Secretario: El Secretario General de la Corporación o funcionario en quien delegue.
6.2. DESIGNACIÓN DE SUPLENTES Y ASESORES ESPECIALISTAS, Y ASISTENCIA DE COLABORADORES TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente uno o varios Asesores Especialistas para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colaboradores técnicos o administrativos del Tribunal durante el proceso selectivo.
6.3. PUBLICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN NOMINAL.
La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia», simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.
6.4. ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 28 de la Ley 30/1992 o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a puestos de trabajo similares en los cinco años anteriores a esta Convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el Art. 29 de la misma Ley 30/1992.
6.5. FORMA DE CONSTITUCIÓN YFACULTADES DEL TRIBUNAL.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.
Séptima.– Pruebas selectivas.
Las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria constarán de los siguientes tres ejercicios, de carácter eliminatorio y obligatorio para los aspirantes:
Primer Ejercicio.– Consistirá en la exposición y defensa de una Memoria que versará sobre la «Organización y Funcionamiento de la Oficina de apoyo a los Órganos de Gobierno de una Diputación Provincial: Funciones de un/a Secretario/a de la Presidencia de dicha Institución». La referida Memoria deberá ser presentada por los aspirantes junto con la instancia de solicitud para tomar parte en las pruebas, y deberá tener una extensión de entre 20 y 25 folios tamaño DIN A4, mecanografiados en ordenador o máquina de escribir, a espacio y medio (interlineado 1,5 aproximadamente) y con un tipo y tamaño de letra «Arial 11» o similar.
Segundo Ejercicio.– Consistirá en desarrollar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, un tema de composición, de carácter general, a elegir libremente por el aspirante entre dos temas propuestos por el Tribunal y relacionados con el Programa de la Convocatoria, que figura como Anexo de estas Bases, sin atenerse necesariamente a epígrafes concretos del mismo. En esta prueba se valorará especialmente, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. El ejercicio deberá ser leído públicamente por los aspirantes en el día, hora y lugar que oportunamente se anunciará por el Tribunal.
Tercer Ejercicio.– Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios, supuestos o pruebas prácticas relacionadas con las funciones a desempeñar en la plaza convocada.
Octava.– Calificación de los ejercicios.
8.1. Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos.
8.2. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
8.3. Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.
Novena.– Calificación total y definitiva de los aspirantes.
9.1. La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la puntuación resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en cada uno de los tres ejercicios por aquellos aspirantes que hayan superado la totalidad de los mismos.
9.2. En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.
Décima.– Programa que ha de regir en la convocatoria.
El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.
Undécima.– Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
11.1. COMIENZO.
Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
11.2. PUBLICACIÓN DE LA FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN.
La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el «Boletín Oficial de esta Provincia» al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.
11.3. LLAMAMIENTO DE LOS ASPIRANTES.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
11.4. ORDEN DE ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no se realicen conjuntamente se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «S», según el resultado del sorteo unitario celebrado el día 30 de abril de 2003.
11.5. PUBLICACIÓN DE CALIFICACIONES Y ANUNCIOS SOBRE CELEBRACIÓN DE LOS SUCESIVOS EJERCICIOS.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el «Boletín Oficial de la Provincia». No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Entre la conclusión de un ejercicio y el comienzo del siguiente deberá transcurrir un período mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Duodécima.– Relación de aprobados.
Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, a efectos de nombramiento de aquél que hubiera obtenido la mayor puntuación total. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
Decimotercera.– Presentación de documentos.
13.1. El aspirante propuesto presentará en el Servicio de Personal de la Excma. Diputación Provincial, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la relación a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
a) Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
b) Fotocopia del Título exigido acompañada del original para su cotejo, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo expedido por el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma.
e) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Declaración jurada de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el Art. 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
13.2. Quienes ya tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal, así como fotocopia del título exigido.
13.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase su documentación no podrá ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien le siga en el orden de puntuación, siempre que haya superado la totalidad de los ejercicios de la Fase de Oposición.
Decimocuarta.– Toma de posesión.
14.1. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el interesado deberá tomar posesión de su cargo, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente al que sea notificado el nombramiento.
14.2. Si no tomase posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedará en situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.
Decimoquinta.– Impugnación de la convocatoria.
15.1. La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación
vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
15.2. El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.
Decimosexta.– Legislación supletoria.
Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en aquello que continúe vigente de acuedo con el referido Estatuto Básico, Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes.
Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
Segovia, 30 de enero de 2008.
El Presidente Acctal.,
Fdo.: MIGUEL ÁNGEL DE VICENTE MARTÍN
El Secretario General,
Fdo.: LUIS PEINADO DE GRACIA
ANEXO
PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE SECRETARIO/A DE ÓRGANOS DE GOBIERNO
Parte Primera.– Constitución Española, Organización del Estado, Derecho Administrativo y Administración Local
Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura. Órganos e Instituciones Constitucionales.
Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías, protección y suspensión. El Defensor del pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.
Tema 3.– La Corona. El Poder Legislativo. Composición, atribuciones y funcionamiento de las Cámaras.
Terna 4.– El Gobierno y la Administración del Estado. Órganos superiores de la Administración Central del Estado. Órganos consultivos. La Administración periférica del Estado.
Tema 5.– El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. Organización judicial española.
Tema 6.– Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Régimen de competencias. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Estructura y contenido. Alcance y contenido de la reforma del Estatuto efectuada por Ley Orgánica 14/2007 de 30 de noviembre. Organización de la Comunidad. Régimen de competencias. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.
Tema 7.– La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Clases de Administraciones Públicas. Principios de actuación de las Administraciones Públicas. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.
Tema 8.– El acto Administrativo. Concepto, clases y elementos. Actos nulos y anulables. Derechos de los ciudadanos ante la Administración. El Derecho de acceso a Archivos y Registros.
Tema 9.– El procedimiento administrativo común. Regulación legal. Principios generales. Términos y plazos: Cómputo. Fases del procedimiento. El silencio administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local.
Tema 10.– Los recursos administrativos: Conceptos y clases. El Recurso de reposición. El Recurso de Alzada. El Recurso extraordinario de revisión. El Recurso contencioso-administrativo.
Tema 11.– El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales.
Tema 12.– El Municipio. El término municipal. La Población. El empadronamiento. Organización municipal. Competencias.
Tema 13.– La Provincia en el Régimen Local español. Competencias de las Diputaciones Provinciales de Régimen Común.
Tema 14.– Composición y atribuciones de los distintos Órganos integrantes de la Organización Provincial: El Pleno. El Presidente. Los Vicepresidentes. La Junta de Gobierno. Órganos de estudio, informe o consulta de los asuntos a someter a la decisión del Pleno y Órganos de seguimiento de gestión. Los Diputados delegados. Los Portavoces de los Grupos Corporativos.
Tema 15.– Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Desarrollo de las sesiones. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 16.– La Función Pública Local y su organización. Regulación Legal. El Estatuto Básico del Empleado Público de 12 de abril de 2007. La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Situaciones Administrativas. Incompatibilidades. Régimen disciplinario.
Tema 17.– Nociones y Principios Básicos en materia de prevención de riesgos laborales. Normativa básica reguladora. Derechos y deberes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Riesgos derivados de la utilización de pantallas de visualización (el Real Decreto 488/1997 de 14 de abril).
Parte Segunda.– Protocolo, relaciones públicas, información y atención al público
Tema 18.– Organización y funcionamiento de la Dependencia de Órganos de Gobierno de una Diputación Provincial. Medios personales y materiales.
Tema 19.– Concepto de Protocolo. Evolución histórica. Enumeración de las normas legales más importantes vigentes en el Ordenamiento Jurídico Español.
Tema 20.– La Familia Real Española. La Casa del Rey. Posición protocolaria de la Familia Real y de los Parientes de las Personas Reales.
Tema 21.– Posiciones protocolarias del Presidente, Vicepresidentes, Ministros y Secretarios de Estado del Gobierno Español. Posiciones protocolarias de Jefes de Estado, Jefes de Gobierno y Ministros de otros Países. Posiciones protocolarias de Autoridades de las Comunidades Autónomas. Posiciones protocolarias de Autoridades Militares.
Tema 22.– Posiciones protocolarias del Presidente, Vicepresidentes y Diputados de la Diputación Provincial. Posiciones protocolarias del Alcalde, Tenientes de Alcalde y Concejales de los Ayuntamientos.
Tema 23.– Los tratamientos honoríficos: Excelentísimo, Ilustrísimo y Señoría. Tratamiento de las distintas autoridades internacionales, nacionales, de las Comunidades Autónomas, Provinciales y Municipales. Trato y cortesía con el Público. Comportamiento con los miembros de la Corporación y con los funcionarios y trabajadores.
Tema 24.– El Reglamento de la Ordenación de Precedencias. Su aplicación a la Administración Local.
Tema 25.– Tipología de mesas y colocación protocolaria. Banderas y su colocación.
Tema 26.– Normas de protocolo social aplicadas al protocolo oficial con especial referencia a la Administración Local (I). Trajes de etiqueta y actos varios. Presentaciones, saludos y despedidas.
Tema 27.– Normas de protocolo social aplicadas al protocolo oficial con especial referencia a la Administración Local (II). Cortesía. Regalos. Conversación y correspondencia. El protocolo en la mesa: Recepciones, banquetes, bufés, cócteles, formación de la mesa, forma de tomar los alimentos, la indumentaria: Trajes y vestidos adecuados, ordenación de invitados. Escenarios y su decoración.
Tema 28.– El protocolo en inauguraciones de obras públicas: Primeras piedras, edificios civiles, monumentos, lápidas conmemorativas y vías públicas.
Tema 29.– El protocolo en las sesiones de los Órganos Colegiados Locales: Pleno, Junta de Gobierno, Comisiones Informativas, Junta de Portavoces, etc. Posiciones protocolarias. Preparación del salón de reuniones.
Tema 30.– La documentación de los actos protocolarios: Expedientes, informes, programas e invitaciones. Los regalos oficiales.
Tema 31.– La heráldica y la vexiología aplicadas a la Administración Local. Historia de la heráldica. Lenguaje de los escudos y vexiología. Procedimiento administrativo para su establecimiento oficial. Títulos, órdenes, condecoraciones generales y distribuciones atribuidas a las Corporaciones Locales.
Tema 32.– El protocolo oficial referido a la Administración Local en el marco del protocolo general. Protocolo universitario, social, militar, deportivo y eclesiástico.
Tema 33.– Reglamentación de Honores Distinciones en las Corporaciones Locales. Blasones e insignias. Honores. Actos civiles, militares y académicos. Ceremonias religiosas tradicionales. Exequias.
Tema 34.– Concesión de medallas de oro. Títulos de hijos predilectos y adoptivos. Miembros de honor. Libro de oro. Hermanamientos. Ceremonial. Etiqueta.
Tema 35.– La calidad en los servicios de información y atención al ciudadano de la Administración Pública. Relaciones públicas en la Administración. Semejanzas y diferencias entre protocolo y relaciones públicas.
Tema 36.– La comunicación como clave de la calidad. La información de retorno. La escucha activa. La comunicación no verbal. La distancia de la intervención. La asertividad. Barreras de comunicación. Tratamiento
de quejas, reclamaciones y conflictos.
Tema 37.– La comunicación telefónica. Fases de la conversación telefónica. Recepción y traspaso de llamadas. Aptitud del interlocutor.
Tema 38.– Las nuevas tecnologías al servicio de la información de atención al ciudadano. Ordenadores. Internet y correo electrónico. FAX. Telefonía móvil.
Tema 39.– El ordenador personal: Introducción. Elementos que lo componen: El microprocesador. La memoria de ordenador. Dispositivos de almacenamiento: Disco duro, CD-ROM, disquete. Periféricos y tarjetas del ordenador personal: El monitor. El teclado. El ratón. Impresoras. Módem, etc.
Tema 40.– Los sistemas operativos: Introducción. WINDOWS: Características generales. La ofimática: Programas más usados. Editores de texto: Microsoft Word. Programas de gestión de Bases de datos: Microsoft Access. Programas de Hoja de cálculo: Microsoft Excel. Nociones básicas de seguridad informática.

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