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Admón. Local - Ofertas de empleo
Miércoles, 13 de Febrero de 2008 (272 lecturas) 

Segovia: 9 plazas de Auxiliar

CONVOCATORIA de oposición libre para provisión en propiedad de nueve plazas de Auxiliar de Administración General en la Diputación de Segovia.

BASES(Aprobadas por la Junta de Gobierno en sesión de 29 de enero de 2008)
Primera.– Objeto de la convocatoria.
1.1. Es objeto de la presente convocatoria, la provisión en propiedad, como funcionario de carrera, mediante el procedimiento de Oposición libre, de nueve plazas de Auxiliar de Administración General, incluidas en las Ofertas de Empleo de la Corporación para los años 2007 y 2008.
1.2. Las plazas objeto de esta Convocatoria podrán ser incrementadas, en su caso, con las vacantes que pudieran producirse por cualquier causa, por Resolución de la Presidencia de la Corporación hasta la terminación del expediente de esta Convocatoria, y en todo caso, antes del comienzo de los ejercicios de selección.
Segunda.– Características de las plazas.
2.1. Las plazas convocadas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de Clasificación «C», Subgrupo «C2» de los establecidos en el Art. 76 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, equivalente al Grupo «D» de los que establecía el Art. 25 de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, y con las retribuciones complementarias acordadas por la Corporación para este puesto de trabajo.
2.2. Los aspirantes que resulten nombrados para ocupar las plazas convocadas quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades previsto en la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
Tercera.– Requisitos que deben reunir los aspirantes.
3.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o cumplir lo establecido en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público en lo relativo al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Tener cumplidos los 16 años de edad.
c) Estar en posesión de la titulación mínima de Graduado en Educación Secundaria, Graduado Escolar, Bachiller Elemental, Certificado de Estudios Primarios obtenido con anterioridad a la finalización del año académico 1975-1976 o cualquier otro equivalente a los anteriores. En el caso de invocar un Título equivalente al exigido, el aspirante deberá presentar el correspondiente certificado de equivalencia expedido por el Órgano competente en materia de Educación.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el normal desempeño del puesto de trabajo.
e) No hallarse incurso en causa de incapacidad para ser nombrado funcionario de carrera, según el artículo 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local de 1952, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de la Administración del Estado, Autonómica, Local o institucional, ni hallarse incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Comprometerse a prestar juramento o promesa exigidos para la toma de posesión del cargo.
g) Ingresar en la Tesorería de la Corporación, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 7,20 euros en concepto de derechos de examen. Dicho importe deberá hacerse efectivo, mediante transferencia bancaria a la Entidad de «CAJA DE AHORROS Y MONTE DE PIEDAD DE SEGOVIA», Oficina Principal, Cuenta n.º 2069/0001/91/0001092871, con indicación a las pruebas a que se refiere. Esta cantidad, solamente será devuelta en el caso de no ser admitido el aspirante a las pruebas por falta de los requisitos exigidos para tomar en la Convocatoria. El interesado deberá presentar junto con la instancia, el correspondiente resguardo acreditativo de haber abonado el importe de los Derechos de Examen expedido por la Caja de Ahorros.
3.2. No obstante, y por analogía con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999 de 29 de diciembre, estarán exentos del pago de los derechos de examen:
a) Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En este caso los aspirantes deberán presentar junto con la instancia de solicitud para tomar parte en las pruebas, certificado de minusvalía expedido por el Órgano estatal o Autonómico competente.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria, siempre que en dicho plazo no hayan rechazado oferta de empleo adecuada, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Los aspirantes incursos en alguna de estas situaciones deberán aportar certificado expedido por la Oficina de los Servicios Públicos de Empleo en el que figuren todos los extremos señalados, así como declaración jurada de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
3.3. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, y estar en posesión de los mismos hasta la fecha de nombramiento.
3.4. No se exigirá a los aspirantes la presentación previa de los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en esta Base, a excepción del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, y en su caso, de la documentación acreditativa de estar incurso en causa de exención de pago de dichos derechos.
Cuarta.– Presentación de solicitudes.
4.1. FORMA.
Las instancias solicitando tomar parte en esta Convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, y deberán formularse en el modelo oficial que a tal efecto se facilitará en el Servicio de Personal de la Secretaría General, haciéndose constar por el aspirante que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Tercera de esta Convocatoria. A las solicitudes se acompañará el resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, y en su caso, de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen.
4.2. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Dichas solicitudes se presentarán en el Registro General de la Corporación, durante el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a la publicación del extracto de esta Convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»; también podrán presentarse las solicitudes mediante cualquiera de las formas que determina en el Art. 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico para las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Quinta.– Admisión de aspirantes.
5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación aprobará, mediante Decreto, la lista de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa de exclusión.
5.2. En dicha Resolución se determinará el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, la composición nominal del Tribunal Calificador y el orden de actuación de los aspirantes, de lo cual se dará publicidad en el «Boletín Oficial de la Provincia».
5.3. Los aspirantes excluidos podrán interponer con carácter potestativo el Recurso Administrativo de Reposición en el plazo máximo de un mes a contar desde la notificación de su exclusión, o el Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Segovia, en el plazo máximo de dos meses, a partir de la recepción de la notificación de su exclusión, o a partir de la recepción de la resolución desestimatoria del Recurso potestativo de Reposición. Asimismo, se concederá un plazo de diez días para subsanación de errores, en los términos previstos en el Art. 71 de la Ley 30/1992.
Sexta.– Tribunal Calificador.
6.1. COMPOSICIÓN.
La composición del Tribunal Calificador que juzgará las pruebas selectivas objeto de esta Convocatoria, estará integrada de la siguiente forma:
Presidente: Un Jefe de Dependencia o Servicio designado por la Presidencia de la Corporación.
Vocales:
– Un vocal designado por la Presidencia a propuesta de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León de Segovia.
– Tres funcionarios de carrera designados por la Presidencia de la Corporación.
Secretario. El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
6.2. DESIGNACIÓN DE SUPLENTES Y ASESORES ESPECIALISTAS, Y ASISTENCIA DE COLABORADORES TÉCNICOS YADMINISTRATIVOS.
Podrán designarse suplentes en sustitución de los titulares que integren el referido Tribunal. Asimismo, el Presidente de la Corporación podrá designar si lo estima oportuno o conveniente algún Asesor Especialista para todas o alguna de las pruebas. Por otra parte, el Tribunal podrá recabar cuando lo estime oportuno la asistencia de funcionarios o trabajadores de la Corporación para actuar como colabores técnicos o administrativos del Tribunal durante el proceso selectivo.
6.3. PUBLICACIÓN DE LA COMPOSICIÓN NOMINAL.
La composición nominal del Tribunal Calificador que juzgue las pruebas selectivas será publicada en el «Boletín Oficial de la Provincia», simultáneamente con el anuncio en que se haga pública la lista de admitidos y excluidos.
6.4. ABSTENCIÓN Y RECUSACIÓN.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia, cuando concurran en ellos alguna de las causas previstas en el Art. 28 de la Ley 30/1992 o hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la respectiva Subescala en los cinco años anteriores a esta Convocatoria.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran en ellos alguna de estas circunstancias en los términos previstos en el Art. 29 de la misma Ley 30/1992.
6.5. FORMADE CONSTITUCIÓN YFACULTADES DEL TRIBUNAL.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad de sus integrantes, ya sean titulares o suplentes, y estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse durante el desarrollo de la Convocatoria, y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de la misma, en todo lo no previsto en estas Bases.
Séptima.– Pruebas selectivas.
Las pruebas constarán de tres ejercicios de carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes:
Primer Ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de cuarenta preguntas tipo test, con respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta, y de las cuales 30 preguntas estarán relacionadas con las Partes Primera (Constitución Española y Organización del Estado), Segunda (Derecho Administrativo General) y Quinta (Informática) del Programa de la Convocatoria, y las 10 restantes versarán sobre conocimientos generales de cálculo numérico, ortografía, gramática, razonamiento y comprensión verbal, a nivel acorde con la titulación exigida para tomar parte en esta Convocatoria.
Segundo Ejercicio.– Consistirá en contestar por escrito, durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, a un cuestionario de, al menos, veinte preguntas abiertas, relacionadas con los temas que integran las Partes Tercera (Administración Local) y Cuarta (Hacienda Pública y Derecho Tributario) del Programa de la Convocatoria.
Tercer Ejercicio.– Informática. Que constará de dos partes:
Parte 1.ª– Prueba de velocidad.– Consistirá en la copia, con un ordenador personal (P.C.), de un texto facilitado por el Tribunal, utilizando el programa de tratamiento de Textos MS-WORD-97 o superior, exigiéndose a los aspirantes una velocidad mínima de 200 pulsaciones por minuto.
Se valorará no sólo la velocidad, sino también la limpieza, corrección, presentación y exactitud de lo copiado.
Parte 2.ª– Prueba de habilidad.– Consistirá en demostrar a través de un P.C., durante el tiempo máximo que se determine por el Tribunal, el conocimiento acerca del Entorno Operativo WINDOWS 98 o superior, así como en el manejo del paquete ofimático OFFICE-97 o superior, de Microsoft (procesador de Textos WORD, hoja de cálculo EXCEL a nivel básico y base de datos ACCESS a nivel básico), ateniéndose a los supuestos que determine el Tribunal.
Durante el desarrollo de los ejercicios, se garantizará el anonimato de los aspirantes siempre que sea posible, facultándose expresamente al Tribunal Calificador para apreciar dicha posibilidad.
Octava.– Calificación de los ejercicios.
8.1. Todos los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para todos los aspirantes. El primero y el segundo ejercicio serán calificados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos. El tercer ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 7,50 puntos.
8.2. En el primer ejercicio, las respuestas correctas se calificarán positivamente a razón de 0,25 puntos cada una. Las respuestas incorrectas se penalizarán a razón de 0,10 puntos cada una. Las preguntas en blanco no
se puntuarán ni penalizarán.
8.3. En el tercer ejercicio, sobre Informática, las dos partes, de velocidad y habilidad, se calificarán de 0 a 7,50 puntos cada una. La parte correspondiente a velocidad se calificará con 0 puntos a los aspirantes que no alcancen el mínimo exigido de 200 pulsaciones por minuto, así como a aquéllos que superen el número máximo de faltas que determine el Tribunal previamente al inicio del ejercicio.
8.4. Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal Calificador, y dividiendo el total obtenido entre el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.
8.5. Las calificaciones de cada ejercicio serán hechas públicas en el mismo día en que se otorguen y expuestas en el Tablón de Edictos de la Corporación y en los lugares donde se realicen las pruebas.
Novena.– Calificación total y definitiva de los aspirantes.
9.1. La calificación total y definitiva de los aspirantes vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los tres ejercicios.
9.2. En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá llevar a efecto una o más pruebas complementarias sobre los ejercicios que componen la Oposición.
Décima.– Programa que ha de regir en la convocatoria.
El programa sobre el que versarán los ejercicios de la Fase de Oposición es el que figura en el Anexo de esta Convocatoria.
Undécima.– Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.
11.1. COMIENZO.
Los ejercicios se celebrarán una vez transcurridos al menos dos meses desde la fecha en que aparezca publicado el anuncio extractado de esta Convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
11.2. PUBLICACIÓN DE LA FECHA, HORA Y LUGAR DE CELEBRACIÓN.
La fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas será hecha pública en el «Boletín Oficial de esta Provincia» al mismo tiempo en que se publique la Lista de Admitidos y Excluidos.
11.3. LLAMAMIENTO DE LOS ASPIRANTES.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.
11.4. ORDEN DE ACTUACIÓN DE LOS ASPIRANTES.
El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que, en su caso, no se realicen conjuntamente se iniciará con aquél cuya inicial del primer apellido se corresponda con la Letra «T», según el resultado del sorteo unitario celebrado el día 7 de febrero de 2007.
11.5. PUBLICACIÓN DE CALIFICACIONES Y ANUNCIOS SOBRE CELEBRACIÓN DE LOS SUCESIVOS EJERCICIOS.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el «Boletín Oficial de la Provincia». No obstante, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y en el Tablón de Edictos de la Corporación, con una antelación de, al menos, 24 horas a la celebración del siguiente ejercicio, junto con las calificaciones obtenidas por los aspirantes que hubieran superado el ejercicio anterior. Desde la total conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Duodécima.– Relación de aprobados.
Finalizada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, a efectos de su nombramiento a favor de aquéllos que hubieran obtenido la mayor puntuación total. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
Decimotercera.– Presentación de documentos.
13.1. Los aspirantes propuestos presentarán en el Servicio de Personal de la Excma. Diputación Provincial, dentro del plazo de 20 días naturales, contados desde la publicación de la relación a que se refiere la Base anterior, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la Convocatoria, que a continuación se expresan:
a) Certificación de Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
b) Fotocopia del Título exigido acompañada del original para su cotejo, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Declaración complementaria de conducta ciudadana, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 68/1980 de 1 de diciembre.
d) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de la Función Pública expedido por el Servicio Territorial de Bienestar Social.
e) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio del Estado, Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Declaración jurada de no desempeñar ningún puesto del sector público o actividad privada incompatible según el Art. 1 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre.
13.2. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición de funcionario, y cuantas circunstancias consten en su expediente personal, así como fotocopia del título exigido.
13.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentase su documentación no podrá ser nombrado y se anularán todas sus actuaciones, sin perjuicio de las exigencias de responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la instancia presentada solicitando tomar parte en la Convocatoria. En este caso, el Tribunal formulará propuesta adicional a favor de quien o quienes les sigan en el orden de puntuación, siempre que haya superado las pruebas exigidas.
Decimocuarta.– Toma de posesión.
14.1. Una vez aprobada la propuesta de nombramiento, el interesado deberá tomar posesión de su cargo, en el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguiente al que sea notificado el nombramiento.
14.2. Si no tomase posesión dentro del plazo señalado o de la prórroga concedida en su caso, quedará en situación de cesante, con pérdida de todos los derechos derivados de la Convocatoria y del subsiguiente nombramiento conferido.
Decimoquinta.– Impugnación de la convocatoria.
15.1. La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Legislación
vigente en materia de Procedimiento Administrativo Común.
15.2. El solo hecho de presentar instancia solicitando tomar parte en las pruebas constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las Bases de la Convocatoria que tienen consideración de Ley reguladora de la misma.
Decimosexta.– Legislación supletoria.
Esta Convocatoria se regirá, en lo no previsto en estas Bases, por lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local de 2 de abril de 1985, Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de abril aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Reglamento de Funcionarios de Administración Local en lo que no se oponga o contradiga a aquélla, Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en aquello que continúe vigente de acuerdo con el referido Estatuto Básico, Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León, Real Decreto 896/1991 de 7 de junio, y demás disposiciones concordantes.
Será asimismo de aplicación supletoria el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
Segovia, 30 de enero de 2008.
El Presidente Acctal.,
Fdo.: MIGUEL ÁNGEL DE VICENTE MARTÍN
El Secretario General,
Fdo.: LUIS PEINADO DE GRACIA
ANEXO
PROGRAMA DE LA CONVOCATORIA OPOSICIÓN LIBRE PARA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE NUEVE PLAZAS DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
Parte Primera.– Constitución Española y Organización del Estado
Tema 1.– La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Estructura. Órganos e Instituciones Constitucionales.
Tema 2.– Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías, protección y suspensión de dichos derechos. El Defensor del pueblo. El Procurador del Común de Castilla y León.
Tema 3.– La Corona. El Poder Legislativo.
Tema 4.– El Gobierno y la Administración del Estado. Órganos superiores de la Administración Central del Estado. Órganos consultivos. La Administración Periférica del Estado.
Tema 5.– El Poder Judicial. Regulación constitucional de la Justicia. Organización judicial española.
Tema 6.– Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Régimen de competencias.
Tema 7.– El Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Estructura y contenido. Alcance y contenido de la reforma del Estatuto efectuada por Ley Orgánica 14/2007 de 30 de noviembre. Organización de la Comunidad. Régimen de competencias. La Junta de Castilla y León. Atribuciones de los Órganos de Gobierno de la Comunidad.
Tema 8.– La Unión Europea: Su significado. Instituciones comunitarias. Fuentes del Derecho Comunitario Europeo.
Parte Segunda.– Derecho Administrativo General
Tema 9.– La Administración Pública en el Ordenamiento Español. Clases de Administraciones Públicas. Principios de actuación de las Administraciones Públicas. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público.
Tema 10.– El acto Administrativo. Concepto, clases y elementos. Actos nulos y anulables. Derechos de los ciudadanos ante la Administración. El derecho de acceso a Archivos y Registros.
Tema 11.– El procedimiento administrativo común. Regulación legal. Principios generales. Términos y plazos: Cómputo. Fases del procedimiento. El silencio administrativo.
Tema 12.– Los recursos administrativos: Concepto y clases. El Recurso de Reposición. El Recurso de Alzada. El Recurso extraordinario de revisión. El Recurso contencioso-administrativo.
Parte Tercera.– Administración Local
Tema 13.– El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Clases de Entes Locales.
Tema 14.– La Provincia en el Régimen Local español. Organización provincial. Competencias. Órganos de Gobierno Provinciales: Elección y atribuciones.
Tema 15.– El Municipio. El término municipal. La Población. El empadronamiento. Organización municipal. Competencias.
Tema 16.– Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 17.– La Función Pública Local y su Organización. Regulación Legal. El Estatuto Básico del Empleado Público de 12 de abril de 2007. La Ley 7/2005 de 24 de mayo de la Función Pública de Castilla y León: Estructura y ámbitos de aplicación. Las Escalas de funcionarios que integran la Administración Local: Funciones de cada una de ellas.
Tema 18.– Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen de vacaciones, licencias y permisos de los funcionarios públicos: Regulación legal aplicable. Sistema retributivo. Incompatibilidades. Situaciones Administrativas de los funcionarios de carrera. Régimen disciplinario.
Tema 19.– El personal laboral al servicio de las Entidades Locales. Derechos y deberes laborales básicos. Modalidades de contratos de trabajo. Contratos de duración determinada.
Tema 20.– Los bienes de las Entidades Locales. Bienes de dominio público. Bienes patrimoniales. La Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas de 2003: Contenido y preceptos básicos de aplicación general a las Corporaciones Locales.
Tema 21.– Los contratos administrativos en la esfera local. Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público: Estructura y ámbito de aplicación. Elementos de los contratos. El expediente de contratación. La selección del contratista. Clases de contratos administrativos.
Tema 22.– La Cooperación Económica del Estado a las inversiones locales. Normativa vigente. El Fondo de Cooperación Local de la Junta de Castilla y León.
Tema 23.– El procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 24.– Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 25.– El Sistema de Acción Social en Castilla y León: Regulación legal, aspectos generales, servicios sociales básicos y específicos. Ley 39/2006, de 24 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia: Disposiciones y principios generales.
Tema 26.– Documentación administrativa. Concepto de documento. Registro y archivo. Funciones del registro y del Archivo. Clases de Archivo. Especial referencia al archivo de gestión.
Tema 27.– Análisis documental: documentos oficiales. Formación del expediente. Documentos de apoyo informativo. Criterios de ordenación del Archivo. El Archivo como fuente de información: Servicio de archivo.
Tema 28.– Nociones y Principios básicos en materia de prevención de riesgos laborales. Normativa básica reguladora. Derechos y deberes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Riesgos derivados de la utilización de pantallas de visualización: El Real Decreto 488/1997 de 14 de abril.
Parte Cuarta.– Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema 29.– El sistema tributario español. Imposición directa e indirecta. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales: Contenido y procedimiento de aprobación.
Tema 30.– El presupuesto de las Entidades Locales. Estructura y procedimiento de elaboración y aprobación. Desarrollo, ejecución y liquidación del Presupuesto.
Tema 31.– El gasto público local. La gestión del presupuesto de gastos. Fases. Control y fiscalización del gasto.
Parte Quinta.– Teoría Informática
Tema 32.– El ordenador personal: Partes físicas; soportes de almacenamiento de datos.
Tema 33.– Periféricos del ordenador personal.
Tema 34.– Sistemas operativos. Microsoft Windows. Otros.
Tema 35.– La ofimática; programas más usados. Editores de texto (Microsoft Word, otros), Bases de datos (Microsoft Access, otros), Hoja de cálculo (Microsoft Excel, otros).
Tema 36.– Internet y la Web: El Hipertexto, navegadores, servicios de Internet, buscadores, correo electrónico, chat y foros.
Tema 37.– La seguridad en informática: Virus y antivirus; detección y prevención. Internet y los virus informáticos. Copias de seguridad.
Tema 38.– Redes: Comunicación entre ordenadores. Conceptos, características y tipos.

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