CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE UN INSPECTOR DE EDUCACION ACCIDENTAL, EN COMISION DE SERVICIOS, EN LA DIRECCION PROVINCIAL DE EDUCACION DE SALAMANCA.
La Orden de 29 de febrero de 1996, modificada por la de 3 de agosto de 1996, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Inspección de Educación, en su apartado vigésimo sexto, prevé la posibilidad de cubrir, en comisión de servicios y de manera accidental, las vacantes de plantilla del Cuerpo de Inspectores de Educación, con funcionarios de carrera de cuerpos docentes que cumplan los requisitos establecidos para acceso a la función pública en general y, en particular, al Cuerpo de Inspectores de Educación, de conformidad con el Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre.
Dentro de este marco normativo, atendiendo a criterios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad y con la finalidad de cubrir UN puesto vacante en la plantilla de Inspectores de esta Dirección Provincial, con el carácter de accidental y en comisión de servicios, se hace pública convocatoria de selección, con arreglo a las siguientes BASES:
PRIMERA.- Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.- Ser funcionario de carrera, en situación de activo, perteneciente a alguno de los Cuerpos que integran la función pública docente no universitaria.
2.- Estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
3.- Estar prestando servicios en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
4.- Acreditar una experiencia mínima, como funcionario de carrera docente, de seis años en cualquiera de los centros y niveles que integran el sistema educativo.
SEGUNDA.- El seleccionado será nombrado Inspector accidental de Educación, en comisión de servicios, hasta el 31 de agosto de 2008, siendo susceptible de prórroga automática siempre que exista vacante y sobre el comisionado no recaiga informe negativo en el desarrollo de su función.
TERCERA.- El plazo de presentación de solicitudes será de OCHO días naturales, contados a partir del día siguiente al de publicación de esta convocatoria.
CUARTA.- Los aspirantes deberán aportar los documentos (originales o fotocopias compulsadas) que permitan acreditar los requisitos y valorar los correspondientes méritos que deban ser tenidos en cuenta. La valoración de los méritos alegados se hará de acuerdo con las normas básicas establecidas en el Real Decreto 2193/1995, cuyo baremo se incorpora como anexo a esta convocatoria. Toda la documentación que los aspirantes presenten, para ser tenida en cuenta, deberá entregarse con la solicitud de participación y dentro del plazo establecido.
QUINTA.- Las instancias, así como la correspondiente documentación, se presentarán en el Registro de esta Dirección Provincial (Gran Vía nº 53-55, planta baja) o en cualquiera de las dependencias a que alude el artículo. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
SEXTA.- El estudio de las solicitudes y la baremación de la documentación presentada se llevarán a cabo por una Comisión, integrada por los siguientes miembros:
residente:
El Director Provincial de Educación o persona en quién delegue.
Vocales:
- El Jefe del Área de Inspección Educativa.
- Dos Inspectores del ámbito de la Dirección Provincial de Educación.
- La Jefa del Área de Programas Educativos.
- Secretario:
Actuará de Secretario, con voz pero sin voto, un funcionario de la Dirección Provincial de Educación.
SEPTIMA.- La Comisión podrá recabar los informes que estime oportunos para un mejor conocimiento del grado de idoneidad de cada candidato.
OCTAVA.- El resultado provisional de la baremación se hará público en el tablón de anuncios de esta Dirección Provincial de Educación, habilitando un plazo para efectuar reclamaciones de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación.
Estudiadas las reclamaciones, se hará público el resultado definitivo y los candidatos seleccionados serán propuestos para su nombramiento, con el carácter de accidental y en comisión de servicios, a la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.
NOVENA.- Contra la presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses o potestativo de reposición en el plazo de un mes.
En Salamanca, a 10 de diciembre de 2007. EL DIRECTOR PROVINCIAL,