CONVOCATORIA y bases que han de regir las pruebas selectivas para el acceso, mediante el sistema de promoción interna y en convocatoria independiente de las de ingreso, de diez plazas de Auxiliar de Enfermería, cuatro plazas de Cocinero y una plaza de Oficial de Mantenimiento, en la Diputación Provincial de Zamora.
Por la presente se convocan, mediante promoción interna y en pruebas independientes de las de ingreso, las pruebas selectivas para proveer como funcionario de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, diez plazas de Auxiliar de Enfermería, Grupo D, pertenecientes a la Subescala de Servicios Especiales, de la Escala de Administración Especial, Clase: Cometidos especiales; cuatro plazas de Cocinero Grupo D, pertenecientes a la Subescala de Servicios Especiales, de la Escala de Administración Especial, Clase: Cometidos especiales; y una plaza de Oficial de Mantenimiento Grupo D, pertenecientes a la Subescala de Servicios Especiales, de la Escala de Administración Especial, Clase: Cometidos especiales, categoría Oficial de Mantenimiento; las cuales habrán de regirse por las presentes bases, en virtud del acuerdo de la Junta de Gobierno de esta Corporación, en su sesión ordinaria celebrada el día veinticinco de abril de dos mil siete.
BASES DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL ACCESO, MEDIANTE EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA Y EN CONVOCATORIA INDEPENDIENTE DE LAS DE INGRESO DE 10 PLAZAS DE AUXILIAR DE ENFERMERÍA, 4 PLAZAS DE COCINERO Y 1 PLAZA DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO
Primera.– Número y características de las plazas convocadas.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por promoción interna, de diez Plazas de Auxiliar de enfermería, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica. Clase auxiliar, Grupo D, 4 plazas de cocinero, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos especiales, grupo D, y 1 plaza de oficial de mantenimiento, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos especiales, categoría Oficial de mantenimiento, grupo D, conforme a lo dispuesto en el Plan Operativo de Recursos Humanos para la racionalización, reorganización y reclasificación del personal adscrito a la Residencia Virgen del Canto de Toro, aprobado por acuerdo plenario de 3 de julio de 2006; en convocatoria independiente de las de ingreso, conforme a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y los artículos 73 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Segunda.– Condiciones o requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes.
Para ser admitido a las pruebas para el acceso a las plazas convocadas, resulta necesario:
A) Ser funcionario de carrera de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, con plaza de Operario de Establecimientos, Grupo E, de la Subescala de Servicios Especiales, clase cometidos especiales, categoría de operario, y encontrarse en servicio activo en esta Corporación, con destino en la Residencia Virgen del Canto de Toro, o ser laboral fijo de la Excma. Diputación de Zamora con la categoría de operario de establecimientos y prestar sus servicios en la Residencia Virgen del Canto de Toro.
B) Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en la Subescala de procedencia, o como laboral fijo con la categoría de operario de establecimientos el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
C) Estar en posesión del título exigible, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas.
Tercera.– Forma y plazo de presentación de instancias. Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes deben manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base anterior, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y de que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con lo que determina el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril; se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, presentándose en el Registro General de ésta o en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación en el plazo a que hace referencia la Base Cuarta.
En dicha instancia, los aspirantes deberán señalar y acreditar documentalmente los méritos que alegan, así como, en su caso, el título exigido para acceder a la plaza objeto de convocatoria.
Únicamente se computarán por el Tribunal los documentos originales o las fotocopias debidamente compulsadas, que se correspondan con los sistemas de acreditación de los méritos que se especifican en la Base Séptima.
Cuarta.– Admisión de los aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora», se indicarán los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se concede a los aspirantes excluidos, y determinándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios de la fase de oposición y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.
La publicación del anuncio correspondiente en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora» será determinante de plazos a efectos de posibles impugnaciones y reclamaciones.
Quinta.– Tribunales calificadores de las pruebas.
El Tribunal Calificador del proceso selectivo estará constituido, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Publico, por los siguientes miembros titulares, y sus correspondientes suplentes, designados por la Presidencia de esta Corporación Provincial:
Presidente: Titular y Suplente. Funcionarios de la Corporación.
Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.
Vocales: Cuatro titulares y cuatro suplentes, todos ellos funcionarios de carrera.
Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores o especialistas para todas o alguna de las pruebas. Dichos asesores se limitarán a los ejercicios de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección. Los vocales deberán ser funcionarios de carrera y poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas, y su composición será predominantemente técnica.
La designación de los miembros del Tribunal; titulares y suplentes, se hará pública en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora» y en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las Bases de la Convocatoria, no obstante lo cual, este resolverá las dudas que surjan en la aplicación de las normas, así como lo que proceda en los supuestos no previstos en las mismas.
El Secretario del Tribunal asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.
Sexta.– Orden de actuación de los aspirantes.
Para aquellas pruebas selectivas que no puedan celebrarse conjuntamente, la actuación de los aspirantes se iniciará por aquél cuyo primer apellido comience por la letra que resulte del sorteo cuya celebración pública se anunciará oportunamente en el Tablón de Anuncios de la Corporación, con anterioridad al inicio de los ejercicios.
Séptima.– Sistema de selección y calificación: Concurso-oposición.
1.– La fase de concurso será previa a la de oposición, y no tendrá carácter eliminatorio, ni podrá aplicarse para superar las pruebas de la fase de oposición, haciéndose públicas las puntuaciones del concurso una vez realizada su valoración. Se valorarán los méritos aportados y justificados documentalmente, hasta un máximo de 10 puntos con arreglo al siguiente baremo:
1.1. Antigüedad: se valorará hasta un máximo de 5 puntos de acuerdo con lo siguientes criterios:
0,014 puntos por cada mes completo de servicios en la Diputación Provincial de Zamora, en la Subescala de Servicios Especiales, clase cometidos especiales, categoría de operario, o como operario de establecimientos en régimen laboral 0,007 puntos por cada mes completo de servicios efectivos prestados a la administración en cualquier régimen, tanto laboral como funcionarial, en los correspondientes cuerpos escalas o plazas, reconocidos a efectos de trienios y no computados en el apartado anterior.
1.2. Formación y perfeccionamiento:
1.– Por la posesión de títulos o diplomas de cursos, en los que se haya expedido diploma, certificación de asistencia o, en su caso, certificación de aprovechamiento, relacionados con las tareas propias de la plaza a la que se opta impartidos por la Administración Pública, Centros oficiales, u Organizaciones Sindicales, siempre, en este último caso, que estén incluidos dentro de los desarrollados en el marco de los Acuerdos de Formación Continua, hasta un máximo de 3 puntos, valorándose como sigue:
– Por cada curso de 10 a 19 horas lectivas: 0,05 puntos.
– Por cada curso de 20 a 30 horas: 0,1 puntos.
– Por cada curso de 31 a 40 horas: 0,2 puntos.
– Por cada curso de 41 a 60 horas: 0,3 puntos.
– Por cada curso de 61 a 120 horas: 0,5 puntos.
– Por cada curso de más de 120 horas: 0,75 puntos.
2.– Por la posesión de titulaciones académicas hasta un máximo de 1 punto:
– Título de doctor: 1 punto.
– Título de licenciado: 0,75 puntos.
– Título de diplomado: 0,50 puntos.
– Título de bachiller superior, Formación Profesional de 2 grado o equivalente: 0,25 puntos.
En este apartado no computará más que el título de mayor grado de los que ostente cada aspirante.
A los efectos aquí previstos, y conforme a la disposición transitoria Quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de reforma de la función pública, se considerará equivalente al título de diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente adjuntándose con la solicitud de participación, a través de los siguientes medios:
A) La antigüedad en la escala de procedencia, así como del grado personal consolidado se acreditará mediante certificación oficial expedida al efecto por la autoridad o jefe de la unidad administrativa correspondiente.
Si dicha certificación debe ser expedida por la Excma. Diputación de Zamora, en la propia solicitud de participación en el concurso figura apartado por el que se solicita la expedición del certificado de los méritos mencionados, para que la propia entidad lo aporte al procedimiento selectivo como si lo hubiera presentado el propio interesado, y con carácter previo al momento en el que se valoren estos méritos. Copia de dicha certificación se entregará al interesado.
B) Los cursos de formación y perfeccionamiento: mediante copia, debidamente compulsada, de los títulos o diplomas, en los que necesariamente deberá constar el número de horas de duración de los mismos.
2.– La fase de oposición: Esta fase estará formada por dos ejercicios eliminatorios.
2.1. Primer ejercicio de carácter teórico: Consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas relacionadas con el programa que figura en el programa Anexo a esta convocatoria, con cuatro respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
2.2. Segundo ejercicio de carácter práctico: Será práctico y lo determinará el Tribunal en base a los trabajos propios de la función a realizar por los aspirantes.
2.3. Realización y calificación de los ejercicios.
2.3.1. Realización.– Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán eliminatorios. Y en la realización de los mismos deberá garantizarse, cuando sea posible, el anonimato de los aspirantes.
En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, quedando decaídos en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlo, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal. El Tribunal podrá acordar la lectura pública por los aspirantes de aquellos ejercicios realizados por escrito.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, deberán transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
Una vez comenzado el proceso selectivo, las calificaciones de cada ejercicio, así como los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas, se harán públicos por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, y en el Tablón de Anuncios del Palacio Provincial de la Corporación, en todo caso, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de éste, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo.
La duración máxima del proceso de celebración de ejercicios será de 6 meses, a contar desde la celebración del primero de ellos.
El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del tribunal en cada uno de los ejercicios de la fase oposición será de cero a diez; siendo eliminado aquel aspirante que no alcance un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos. El Tribunal, teniendo en cuenta el nivel de conocimientos de los aspirantes presentados y antes de conocer su identidad, decidirá cuál será el nivel requerido para alcanzar dicha nota.
2.3.2. Calificación.
La calificación de los aspirantes en cada uno de los ejercicios será igual a la suma de puntuaciones dadas a cada aspirante por los miembros del Tribunal asistentes, dividida por el número de éstos. No se tendrán en cuenta las puntuaciones mayor y menor, eliminando una de cada si coinciden varias.
Tras la realización y calificación de cada ejercicio se harán públicas por los Tribunales las calificaciones del mismo en los locales donde se haya celebrado la prueba, así como en el Tablón de Anuncios del Palacio Provincial.
En los ejercicios tipo test regirán las siguientes reglas:
1.ª– Al total de la puntuación obtenida inicialmente en forma aritmética sobre el total de preguntas del ejercicio, teniendo en cuenta que las contestadas incorrectamente descontaran la puntuación correspondiente a la misma dividida por el numero de respuestas alternativas, se le aplicará una proporción, de manera que el resultado final puntúe de 0 a 10 puntos.
El Tribunal, teniendo en cuenta el nivel de conocimientos de los aspirantes presentados y antes de conocer su identidad, decidirá cuál será la puntuación mínima para superar este ejercicio.
2.ª– Después de realizado el ejercicio, y con anterioridad a la corrección del mismo, El Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la lista provisional de las respuestas correctas del ejercicio propuesto, a los efectos de que por los interesados se puedan realizar alegaciones sobre las mismas, a cuyo efecto dispondrán éstos de un
plazo de 7 días naturales.
3.ª– Aprobada la lista definitiva de respuestas correctas el Tribunal realizará la corrección de los ejercicios realizados, y publicará, posteriormente, anuncio comprensivo del resultado de esta primera prueba en el tablón de anuncios de la Corporación, de los aspirantes que hayan superado la misma. La puntuación final de las pruebas selectivas, a efectos de ordenación de los opositores en la relación de aprobados, a que se refiere el Art. 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida con arreglo al criterio de antigüedad establecido conforme al apartado 7.1.1 de estas bases.
Una vez efectuada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará público en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, y en el Tablón de Anuncios del Palacio Provincial de la Corporación, en todo caso, la relación de aspirantes propuestos por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidenta de la Corporación, que publicará la correspondiente resolución en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora».
Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
Octava.– Programas.
Los programas que regirán las pruebas serán objeto de concreta referencia en los Anexos a estas Bases.
Novena.– Presentación de documentos.
Los aspirantes propuestos aportarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se publiquen en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora» las relaciones definitivas de aprobados, fotocopia compulsada del título exigido, en caso de que no hayan acreditado a lo largo del proceso selectivo el cumplimiento de cualquier otro de los requisitos establecidos en la Base Segunda.- C).
Quiénes dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presenten la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Décima.– Nombramientos.
Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de las plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera por la Presidenta de la Corporación, de acuerdo con la propuesta del Tribunal que tendrá carácter vinculante.
Los nombramientos deberán publicarse en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zamora».
Décimo primera.– Asignación inicial de puestos de trabajo.
La adjudicación de los puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con las solicitudes de los interesados entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo. Estos destinos tendrán carácter definitivo, equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso.
A la vista de las prioridades obtenidas y de las solicitudes o peticiones presentadas se dictará resolución motivada, simultanea o posterior a la de nombramiento, asignando los puestos a los distintos aspirantes.
Décimo segunda.– Normas supletorias.
En lo no previsto en las normas de la presente convocatoria será de aplicación el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y demás normativa de aplicación.
ANEXO I
PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO COMO AUXILIAR DE ENFERMERÍA
(ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA. CLASE AUXILIAR, GRUPO D)
1.– Número de plazas y características: Se convocan 10 plazas de Auxiliar de enfermería, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica. Clase auxiliar, Grupo D.
2.– Requisitos de los candidatos: Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales expuestos en la Base Segunda, y estar en posesión del título de formación profesional de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería o equivalente.
3.– Procedimiento de selección: El procedimiento de selección será el de Concurso-oposición y contará de las siguientes fases:
A) Fase de Concurso: Se valorarán los méritos de los aspirantes conforme
al baremo fijado en la base 7.1.
B) Fase de Oposición.
Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo todos eliminatorios.
Primer ejercicio.– De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas relacionadas con el programa que figura en el programa anexo a esta convocatoria, con cuatro respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
Los aspirantes que obtengan en este ejercicio una puntuación igual o superior a 7, quedarán exentos de la práctica del mismo en las convocatorias siguientes que se realicen derivadas del Plan Operativo de Recursos Humanos Pleno Corporativo de plazas de auxiliar de enfermería, computándoles una puntuación equivalente a la obtenida, siempre y cuando así se opte de forma expresa por el propio interesado.
Segundo ejercicio: Será práctico y lo determinará el Tribunal en base a los trabajos propios de la función a realizar por los aspirantes.
4.– Programa.
Tema 1.– Actividades del Auxiliar de Enfermería en el Centro de la 3.ª Edad.
Tema 2.– Valoración de las necesidades básicas: concepto de cuidados básicos y autocuidados.
Tema 3.– Necesidades de higiene en el anciano: concepto, higiene general y parcial: de la piel y capilar.
Tema 4.– Técnicas de higiene del paciente encamado. Total y parcial. Técnicas del baño asistido.
Tema 5.– Atención del Auxiliar de Enfermería al paciente encamado: posición anatómica y aliniación corporal. Procedimientos de preparación de las camas. Cambios posturales.
Tema 6.– Técnicas de deambulación. Técnicas de traslados.
Tema 7.– Constantes vitales: concepto. Procedimiento de tomas de constantes vitales.
Tema 8.– Alimentación del anciano. Dietas terapéuticas: concepto y técnicas de apoyo.
Tema 9.– Vías de alimentación enteral y parenteral: concepto y técnicas de apoyo.
Tema 10.– Vías de administración de los medicamentos oral, rectal y tópico.
Tema 11.– Concepto de: infección, desinfección, asepsia y antisepsia.
Tema 12.– Métodos de limpieza y desinfección de material e instrumentos sanitarios.
Tema 13.– Esterilización: concepto. Métodos de esterilización según los tipos de material.
Tema 14.– Úlceras por presión. Concepto. Proceso de formación, zonas y factores de riesgo.
Tema 15.– Medidas de prevención de las úlceras de presión.
Tema 16.– Reanimación cardio-pulmonar básica.
ANEXO II
PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO COMO COCINERO (ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL,
SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, CLASE COMETIDOS ESPECIALES, GRUPO D)
1.– Número de plazas y características: Se convocan 4 plazas de cocinero, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos especiales, grupo D,
2.– Requisitos de los candidatos: Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales expuestos en la Base Segunda, y estar en posesión del título de graduado escolar, FP1 o equivalente, y una experiencia probada de al menos tres años en funciones de análoga naturaleza, y carnet de manipulador de alimentos.
3.– Procedimiento de selección: El procedimiento de selección será el de Concurso-oposición y contará de las siguientes fases:
A) Fase de Concurso: Se valorarán los méritos de los aspirantes conforme
al baremo fijado en la base 7.1.
B) Fase de Oposición.
Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo todos eliminatorios.
Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas relacionadas con el programa que figura en el programa anexo a esta convocatoria, con cuatro respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
Segundo ejercicio: Será práctico y lo determinará el Tribunal en base a los trabajos propios de la función a realizar por los aspirantes.
4.– Programa.
Tema 1.– Carnes: concepto, calidad, rendimiento, clasificación según las propiedades nutritivas y métodos básicos de cocinado.
Tema 2.– Pescados: concepto, clasificación, grado de frescor propiedades nutritivas y métodos básicos de cocinado.
Tema 3.– Verduras y hortalizas: concepto, clasificación y técnicas de cocinado.
Tema 4.– Arroz y patatas: concepto, características, cualidades y técnicas de cocinado.
Tema 5.– Legumbres: concepto, propiedades, preelaboración y cocinado.
Tema 6.– Huevos: composición, valoración y conservación, aplicaciones generales y métodos básicos de cocinado.
Tema 7.– Lácteos: concepto, composición, conservación, aplicación en cocinas y derivados.
Tema 8.– Grasas y aceites: conceptos, tipos y conservación.
Tema 9.– Pastas: concepto, tipos, clasificación según su forma de conservación.
Tema 10.– Confección de menús.
Tema 11.– Elementos básicos de una alimentación equilibrada.
Tema 12.– Distintos tipos de dietas.
Tema 13.– Conocimientos de la composición nutritiva de los alimentos: sustancias nutritivas.
Tema 14.– Concepto de alimento: clasificación. La calidad alimentaria.
Tema 15.– Conocimientos generales en torno a la alimentación.
Tema 16.– Normas sobre manipulación de alimentos.
ANEXO III
PRUEBAS SELECTIVAS PARA EL INGRESO COMO OFICIAL DE MANTENIMIENTO (ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, CLASE COMETIDOS ESPECIALES, CATEGORÍA OFICIAL DE MANTENIMIENTO GRUPO D)
1.– Número de plazas y características: Se convoca una plaza de Oficial de Mantenimiento, encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Plazas de Cometidos Especiales, Grupo D.
2.– Requisitos de los candidatos: Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales expuestos en la Base Segunda, y estar en posesión del título de graduado escolar, FP1 o equivalente.
3.– Procedimiento de selección: El procedimiento de selección será el de Concurso-oposición y contará de las siguientes fases:
A) Fase de Concurso: Se valorarán los méritos de los aspirantes conforme al baremo fijado en la base 7.1.
B) Fase de Oposición.
Estará formada por los dos ejercicios que a continuación se indican, siendo todos eliminatorios.
Primer ejercicio: De carácter eliminatorio. Consistirá en contestar un cuestionario de 60 preguntas relacionadas con el programa que figura en el programa Anexo a esta convocatoria, con cuatro respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.
Segundo ejercicio: Será práctico y lo determinará el Tribunal en base a los trabajos propios de la función a realizar por los aspirantes.
4.– Programa.
Tema 1.– Prevención de Riesgos Laborales y Seguridad en el Trabajo.
Tema 2.– Derechos y obligaciones de los trabajadores.
Tema 3.– Nociones básicas sobre normas de seguridad en el edificio público.
Tema 4.– Protección de incendios: el fuego, señalizaciones, medios de extinción y actuación personal en caso de incendios y evacuación de edificios.
Tema 5.– Sistemas de calefacción: clasificación, circuitos básicos, identificación de componentes.
Tema 6.– Ideas generales sobre el funcionamiento del sistema de calefacción en edificios colectivos.
Tema 7.– Encendido y apagado de calefacción y reparación de pequeñas averías.
Tema 8.– Electricidad: nociones de electricidad y aparatos.
Tema 9.– Electricidad: tipos de averías y reparaciones: cortocircuitos, clavijas, enchufes e interruptores, reconocimiento de herramientas.
Tema 10.– Fontanería: averías y reparación en tuberías, desagües, grifos y llaves de paso. Reconocimiento de herramientas.
Tema 11.– Nociones básicas sobre las instalaciones de agua.
Tema 12.– Instalaciones de abastecimiento de aguas para riego de jardinería.
Tema 13.– Mantenimiento higiénico sanitario de las instalaciones de riego de legionelosis, criterios generales de limpieza y desinfección, identificación de puntos críticos.
Tema 14.– Cerrajería; nociones básicas, operaciones básicas de mantenimiento. reconocimiento de herramienta.
Tema 15.– Albañilería: tipos de materiales (cementos, áridos, azulejos, yeso, cal y mortero).
Tema 16.– Albañilería: reparaciones más frecuentes (descorchado, grietas, agujeros, reposición de baldosas).
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:
– Potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano provincial que dictó el acto impugnado, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
– Directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso de reposición), recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se hubiera interpuesto recurso de reposición y no se ha recibido resolución expresa de dicho recurso en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente al de su interposición, éste se tendrá por desestimado, pudiendo interponerse recurso contencioso- administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zamora, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquél en que la Diputación tendría que haber resuelto el recurso de reposición.
– Cualquier otro que se estime procedente.
Zamora, 5 de septiembre de 2007.
El Presidente de la Corporación,
Fdo.: FERNANDO MARTÍNEZ MAÍLLO