RESOLUCIÓN DE 25 DE FEBRERO DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE HACE PÚBLICA LA MODIFICACIÓN PROVISIONAL DE UNIDADES Y PLANTILLA DE DETERMINADOS CENTROS PÚBLICOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA Y ESPECIAL, CENTROS DE EDUCACIÓN OBLIGATORIA, INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA Y CENTROS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS.
Analizadas las necesidades de escolarización y realizadas las previsiones correspondientes para el curso escolar 2005/2006, se hace necesario modificar la composición actual de unidades y plantilla de determinados Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial, Centros de Educación Obligatoria, Institutos de Educación Secundaria y Centros de Educación de Personas Adultas.
Por ello, en virtud del artículo 6 del Decreto 79/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General
RESUELVE:
Primero.- Modificar la composición de unidades y la plantilla orgánica de los Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Obligatoria que aparecen en el Anexo I a la presente Resolución, con indicación de aquellos puestos que se definen como singulares/itinerantes.
Segundo.- Modificar la plantilla orgánica del Cuerpo de Maestros en los Institutos de Educación Secundaria que aparecen en el Anexo II a la presente Resolución, con indicación de aquellos puestos que se definen como singulares/itinerantes.
Tercero.- Modificar la composición de unidades y la plantilla orgánica del Cuerpo de Maestros en los Centros de Educación de Personas Adultas que aparecen en el Anexo III a la presente Resolución, con indicación de aquellos puestos que se definen como singulares/itinerantes.
Cuarto.- Para establecer qué Maestros han de ser desplazados, en los casos en que sea necesario en función de las modificaciones de plantillas orgánicas establecidas en los Anexos de esta Resolución, se aplicará lo dispuesto en la Orden de 1 de junio de 1992 sobre desplazamiento de Maestros como consecuencia de la supresión o modificación de sus puestos de trabajo.
Quinto.- En los casos en los que puestos ordinarios hayan sido transformados en singular/itinerantes o viceversa a los Maestros titulares de los mismos les será de aplicación la Orden de 1 de junio de 1992, teniendo en cuenta que para solicitar la adscripción al puesto transformado o a otro que estuviese vacante en el centro se deberá poseer la habilitación correspondiente.
Valladolid, 25 de febrero de 2005
LA DIRECTORA GENERAL
DE RECURSOS HUMANOS,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.

vacantes
RESOLUCIÓN DE 25 DE FEBRERO DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE APRUEBA Y SE HACE PÚBLICA LA RELACIÓN PROVISIONAL DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES A OFERTAR EN EL CONCURSO DE TRASLADOS Y PROCESOS PREVIOS CONVOCADO POR ORDEN EDU/1579/2004, DE 14 DE OCTUBRE PARA FUNCIONARIOS DEL CUERPO DE MAESTROS.
El artículo 7 del Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo para funcionarios del Cuerpo de Maestros, establece que, previamente a la resolución del concurso de traslados, se harán públicos los puestos de trabajo vacantes que serán objeto de provisión en el mismo y en los procesos previos regulados en dicho Real Decreto.
Por otro lado, la base decimoquinta de las normas comunes de la Orden EDU/1579/2004, de 14 de octubre, por la que se convoca concurso de traslados y procesos previos del Cuerpo de Maestros para la provisión de puestos de trabajo vacantes en Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial, Obligatoria, Secundaria y de Personas Adultas, pertenecientes al ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, dispone la publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León” de las vacantes a ofertar en el mismo con anterioridad a su resolución provisional.
Por ello, en virtud del artículo 6 del Decreto 79/2003, de 17 de julio, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Educación, esta Dirección General
RESUELVE:
Primero.- Hacer pública la relación provisional de los puestos de trabajo vacantes a ofertar en el Concurso de Traslados y procesos previos convocado por Orden EDU/1579/2004, de 14 de octubre, relacionados en los siguientes Anexos:
Anexo I: Relación de Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria y Especial y Centros de Educación Obligatoria con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante.
Anexo II: Relación de Institutos y Sección de Educación Secundaria con puestos de trabajo vacantes en los cursos primero y segundo de Educación Secundaria Obligatoria de carácter ordinario y singular/itinerante.
Anexo III: Relación de Centros de Educación de Personas Adultas con puestos de trabajo vacantes de carácter ordinario y singular/itinerante.
Segundo.- De conformidad con la base decimoquinta de la Orden EDU/1579/2004, de 14 de octubre, en este concurso y procesos previos se ofertarán los puestos de trabajo vacantes que se determinen, entre los que se incluirán, al menos, los que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2004, así como aquellos que resulten del propio concurso y procesos previos, siempre que la continuidad de su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en la citada base se eliminarán aquellas vacantes anunciadas cuando se produzca un error de definición en las mismas o se trate de un puesto vacante cuyo funcionamiento no se encuentre previsto en la planificación educativa.
Valladolid, 25 de febrero de 2005
LA DIRECTORA GENERAL
DE RECURSOS HUMANOS,
Fdo.: Rocío Lucas Navas.
