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Admón. de Justicia -
Jueves, 22 de Noviembre de 2007 (357 lecturas) 

TRIENIOS INTERINOS



TRIENIOS DE INTERINOS Y SECRETARIOS SUSTITUTOS: Hemos podido confirmar que tanto el Ministerio de Justicia como las correspondientes CC AA con competencias van a elaborar con carácter inmediato una Instrucción para regular el proceso de reconocimiento de dichos trienios. Para ello, en dicha Instrucción se acompañará el modelo normalizado correspondiente, dado que es necesario realizar la correspondiente petición de reconocimiento (no valen por tanto las posibles peticiones anteriormente realizadas). En segundo lugar, se van a reconocer los efectos económicos a 1 de Junio de 2.007. En tercer lugar, los cesados tendrán el reconocimiento de los efectos económicos retroactivos desde el 1 de Junio de 2.007 hasta el momento de dicho cese (por resolución del concurso de traslados, finalización de la sustitución, etc…). En cuarto lugar, se reconocerán los correspondientes trienios a los que han sido interinos y en la actualidad no se encuentren trabajando, en el momento en que sean nombrados nuevamente (con la excepción de los atrasos mencionados en tercer lugar). En quinto lugar, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar los efectos económicos en la Administración de Justicia de los tiempos de servicio prestados en diferentes Administraciones a efectos de reconocimiento económico de dichos servicios.

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