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Enseñanza - Negociación
Miércoles, 09 de Abril de 2008 (1245 lecturas) 

Propuestas de CSI-CSIF a la Resolución de Colocación de Efectivos

En primer lugar, es necesario señalar que las presentes Propuestas se realizan sin haber sido publicada, ni en el BOJA ni en la página web de la Consejería, la Orden que esta norma desarrolla, por lo que lógicamente no se tiene en cuenta el marco que aquella pudiera establecer.

En general sobre el texto, CSI-CSIF reitera su oposición a que los procesos de colocación sean por dos años y más en la situación actual en la que el número de interinos está disminuyendo ostensiblemente como consecuencia de los extraordinarios, y amplios, procesos de acceso a la función pública docente.

Propuestas concretas:

  • Eliminar la alusión a “los acuerdos adoptados en el seno de la Mesa Sectorial de Educación” que se realiza en el Preámbulo de la Resolución (tercer párrafo).

  • En la regulación de la participación por problemas de salud propia se echa en falta el procedimiento por el que el afectado es autorizado (Bases quinta y decimoctava).

  • Los colectivos participantes por el apartado de Comisiones de Servicios deben ordenarse de la misma forma que lo hacían hasta la fecha (Bases séptima y vigésima).

  • Una vez terminada la vigencia del acuerdo de estabilidad, se debe establecer un procedimiento general que permita que los maestros interinos puedan reducir el número de provincias por las que están obligados a participar (Base novena).

  • El proceso de colocación del profesorado interino que recientemente ha pasado a la bolsa de Primaria debe estar presidido por la voluntariedad de los afectados (Base novena).

  • Revisar la participación del personal procedente del extranjero y del reingresado. Por ejemplo, no se incluye el derecho preferente a la localidad del primero (Base decimonovena).

  • Clarificar qué se entiende por “supeditada al mejor derecho de terceras personas”. Desde CSI-CSIF entendemos que en éstas están incluidos los miembros del mismo colectivo que tienen más puntuación en función de los criterios señalados en la base correspondiente (base vigesimonovena).

En cualquier caso, CSI-CSIF ha recurrido, por ser contrario al mismo, este aspecto específico de la Orden de 20 de febrero de 2008.

Sector de Enseñanza de CSI-CSIF

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