Sobre la jubilación parcial no hay nada todavía (y no creo que lo haya). Efectivamente, existía el compromiso del anterior Ministro de abordar este tema en la legislatura pero no parece ser la intención de la actual Ministra. En cuanto al trámite parlamentario de la reforma de la seguridad social, el otro día se aprobó en el Senado el texto que vuelve al Congreso y del que destacaría la D.A. 7ª, que transcribo a continucaión en negrita y cursiva:
Disposición adicional séptima. Aplicación de los mecanismos de jubilación anticipada y parcial en el ámbito de los empleados públicos.
En el plazo de un año, el Gobierno presentará un estudio sobre la normativa reguladora de la jubilación anticipada y parcial de los empleados públicos, así como del personal de las Fuerzas Armadas y al servicio de la Administración de Justicia, que aborde la aplicación de la normativa reguladora de tales modalidades de jubilación, las condiciones en que esta aplicación no genere problemas de sostenibilidad a los sistemas de protección social y la homogeneización, en términos equiparables, de los diferentes regímenes.
En dicho estudio se contemplará la realidad específica de los diferentes colectivos afectados, incluída la del personal al que le es de aplicación la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, tomando en consideración las singularidades que rodean al mismo, desde una perspectiva acorde con las prioridades y garantías que se señalan en el párrafo anterior.
De momento no hay nada más. No obstante elaboraré un informe sobre esta modificación legislativa de la Seguridad Social y lo enviaré. De momento os vuelvo a reenviar por si fuese de vuestro interés el último informe/propuesta sobre la jubilación parcial que ya remití hace algún tiempo.
Ángel Lozano Hidalgo
Secretario Nacional de Negociación de CSI-CSIF
Ver Informe 
(Nota:
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